ANEXO B. Ratificación de los principales Pactos, Convenciones y Protocolos de las Naciones Unidas

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Anexo B
Ratificación de los principales Pactos, Convenciones
y Protocolos de las Naciones Unidas
Se presenta la relación de los principales Pactos, Convenciones y Protocolos
sobre DD HH adoptados por la ONU. Todos ellos han entrado en vigor, exceptuan-
do la Convención para la Protección de las Personas contra las desapariciones
forzadas adoptada en diciembre de 2006, que sin duda completará a lo largo de
2009 las 20 ratificaciones necesarias para ello.
Entre los instrumentos universales se encuentran aquellos que disponen de un
Comité específico para la supervisión y control de sus disposiciones, y se especifican
los casos en que han sido los Protocolos Facultativos complementarios a las Conven-
ciones los que han habilitado a los Comités para determinadas funciones de control
de la Convención, como el examen de reclamaciones individuales o el inicio de inves-
tigaciones de oficio ante violaciones graves y sistemáticas (inquiry procedure).1 En los
casos de discriminación racial, tortura y trabajadores migratorios, han sido sus Con-
venciones las que han habilitado a los respectivos Comités para el examen de recla-
maciones individuales y para el procedimiento de investigación de oficio.
En la tabla se detalla la posición de cada Estado2 según las claves siguientes:
R: ha ratificado.3
A: se ha adherido.4
S: ha sucedido al Estado del que era dependiente en la aceptación del instrumento.5
F: solamente ha firmado, sin ratificación.6
Casillas en blanco: ninguna toma de posición.
Los instrumentos que disponen de Comité ocupan el primer lugar en la tabla,
seguidos por otros instrumentos relevantes y finalizando con el Estatuto de la Corte
Penal Internacional. A continuación se muestra la situación de ratificación de los
instrumentos de Derecho Internacional Humanitario. El orden es el siguiente:
1. Mayor información acerca de los comités puede verse en el capítulo sobre los «Mecanismos de
garantía de los DD HH en la ONU».
2. Se ha realizado una selección de los Estados que se estima tendrán un mayor interés para el
lector, según criterios geográficos, culturales e históricos. El listado exhaustivo de Estados con las
fechas concretas puede consultarse fácilmente en la web oficial de la ONU.
3. Ratifican un instrumento los primeros Estados cuyo número total es necesario para la entra-
da en vigor internacional del tratado, según éste lo define en su propio articulado. El procedimiento
consiste: a) en la Firma del Tratado por parte del Gobierno del Estado; b) en la Ratificación del texto
del tratado por parte del Parlamento a propuesta del Gobierno; c) en el depósito del «instrumento de
ratificación» ante el Secretario General de las Naciones Unidas.
4. La adhesión se ha prestado frecuentemente a Instrumentos internacionales que ya están en
vigor. La adhesión no exige la previa firma del Tratado. El Estado adherido adquiere la condición de
Estado parte en paridad de condiciones con aquellos que lo ratificaron.
5. La figura de la sucesión es la utilizada por aquellos Estados que, después de alcanzar su
independencia, aceptan en su propio nombre determinado instrumento que el Estado al que perte-
necían ya había ratificado previamente. Esta continuidad en la vigencia del tratado puede ser prác-
ticamente automática, salvo en los casos de descolonización.
6. La firma de un Tratado puede revestir formas diferentes, según quién la produzca y sus competen-
cias concretas. Puede en este caso ser firma «ad referéndum», públicamente sometida a la aceptación
posterior de la instancia competente. De uno u otro modo la firma suele ser un acto del Gobierno y opera
como requisito previo, que, salvo algunos casos explícitos, no puede sustituir a la ratificación. Algunos
Estados que han firmado un Tratado dejan pasar largo tiempo hasta que consiguen cumplir los requisitos
políticos internos para constituirse en Estado parte. Sin embargo, el mero hecho de ser firmante puede
facilitar el acceso a ciertos órganos relacionados con el tema del tratado, y esto puede interesar a algunos
Estados, aunque no deseen ratificarlo. Esto puede explicar el número de Estados que son sólo firmantes.
Derecho_Internacional.pmd 18/09/2009, 13:28260

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