Acuerdo amistoso con arreglo al convenio celebrado entre México y EE. UU. para evitar la doble tributación, en materia de residencia fiscal
Document type | Acuerdo |
Category | Bilateral |
Subject | Cooperación internacional |
Marzo 9 de 2005.
México D.F. El 22 de diciembre del 2005, las Autoridades Competentes de México y de los Estados Unidos de América, mediante un procedimiento llegaron a un acuerdo amistoso (el “Acuerdo”) en materia de residencia fiscal, con arreglo en el Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia del Impuesto sobre la Renta y su Protocolo firmado el 18 de septiembre de 1992, modificado a través del Protocolo Adicional suscrito el 8 de septiembre de 1994 y a través del Segundo Protocolo Adicional firmado el 26 de noviembre de 2002 (el “Convenio”).
Este Acuerdo de interpretación y aplicación del Convenio versa específicamente sobre el párrafo 1 del artículo 4 del Convenio y 2 (b) de su Protocolo y resulta aplicable a las entidades que se mencionan.
A continuación el Acuerdo traducido al español de su original en inglés:
1) Elegibilidad de las entidades fiscalmente transparentes para obtener los beneficios del Convenio
El párrafo 2(b) del Protocolo establece:
A los efectos del párrafo 1 del Artículo 4 se entiende que:
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una asociación, sucesión o fideicomiso se considera residente de un Estado Contratante sólo en la medida en que las rentas que obtenga...
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