Alerta energía - 27 de marzo de 2020

AuthorDaniela García Belaunde

El día de hoy se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 102-2020-MINEM/DM, mediante la cual se dispone la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento para Optimizar el Uso del Gas Natural y Creación del Gestor del Gas Natural” (el “Proyecto de Reglamento”) en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas.

Al respecto, se dispone principalmente lo siguiente:

* El Proyecto de Reglamento tiene como principal objetivo establecer disposiciones orientadas a optimizar, promover y articular la expansión y mejor aprovechamiento del Gas Natural en diversas actividades económicas generando mercados más competitivos, así como la creación del Gestor de Gas Natural.

* El Proyecto de Reglamento tiene como ámbito de aplicación las operaciones de contratación de suministros de Gas Natural y/o Capacidad de Transporte de Gas Natural de los Generadores Eléctricos que se realicen en el Mercado Primario del Gas Natural, y a las operaciones que se realicen en el Mercado Secundario de Gas Natural.

* Se crea la figura del Gestor del Gas Natural, el cual tiene por finalidad alcanzar un uso eficiente en la asignación y mejor aprovechamiento del Gas Natural generando un escenario mas competitivo que beneficie a los consumidores finales, para lo cual gestiona la asignación de la cantidad de Gas Natural y la Capacidad de Transporte efectivamente requerida por los Generadores Eléctricos.

* El Gestor de Gas Natural determina el costo del Gas Natural consumido por el conjunto de Generadores Eléctricos, para lo cual calculará el Costo Medio, el cual representa al costo variable del Gas Natural utilizado por el conjunto de Generadores Eléctricos. El Costo Medio corresponde al costo variable de Gas Natural de cada uno de los generadores.

* Se dispone que el Comité de Operación Económica del Sistema – COES SINAC, asuma las funciones del Gestor del Gas Natural, quien asumirá esta función a partir de la aprobación de los procedimientos por OSINERGMIN y de la adecuación del COES SINAC al Proyecto de Reglamento.

* El Proyecto de Reglamento contempla la modificación del Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural, aprobado por Decreto Supremo No. 046-2010-EM.

La Resolución Ministerial dispone que las opiniones y/o sugerencias sobre el Proyecto de Reglamento sean remitidas por escrito a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en la Avenida Las Artes Sur No. 260, San Borja, o a la dirección electrónica prepublicacionesdgh@minem.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la referida Resolución.

En caso tenga alguna consulta puede contactarse con Daniela García Belaunde (dgarciabelaunde@rubio.pe), Katherine Yesquen (kyesquen@rubio.pe) o Diana Rivera (drivera@rubio.pe).

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