Alerta energía - 20 de marzo de 2020

AuthorDaniela García Belaunde

El día de hoy se publicaron las siguientes normas de interés en el diario oficial “El Peruano”:

  1. Resolución Vice-Ministerial Nº 001-2020-MINEM/VME, mediante la cual se emiten normas para asegurar la continuidad de la generación, transmisión y distribución eléctrica, en el ámbito del Subsector Electricidad y el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES).La referida resolución establece que durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, las empresas que realicen actividades de generación, transmisión y distribución eléctrica deberán activar y ejecutar los protocolos de seguridad destinados a salvaguardar la salud de su personal, contratistas y/o terceros, y priorizar las acciones destinadas a garantizar la continuidad del suministro regular de energía eléctrica.

    Asimismo, las empresas de generación, transmisión y distribución eléctrica, y el COES deberán remitir al Ministerio de Energía y Minas y al Osinergmin, en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas, sus Planes de Contingencia para asegurar la continuidad del servicio de energía eléctrica durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional.

  2. Decreto de Urgencia Nº 029-2020, mediante el cual se dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la Economía Peruana. Con el objetivo de establecer medidas que permitan adoptar acciones preventivas, de respuesta y de financiamiento para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario del virus COVID-19, entre las disposiciones aprobadas, se autoriza al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) a transferir progresivamente al Tesoro Público hasta la suma de S/ 1 500 000 000,00.

    Los recursos serán incorporados en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2020, vía crédito suplementario, a favor de la Reserva de Contingencia, en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.

  3. Resolución Directoral Nº 095-2020-MINEM/DGER, mediante la cual se dispone la suspensión del plazo de ejecución contractual, por el periodo de quince días calendarios, en contratos que participa la Dirección General de Electrificación Rural (DGER), en cuyos objetos contractuales se ejecuten estudios de perfil a nivel de pre inversión, estudios definitivos y/o expedientes técnicos de obra, así como la ejecución de obras y supervisiones de obra.Asimismo, se dispone que las Jefaturas de Proyectos Norte y Proyectos Sur de la Dirección de Proyectos, así como la Jefatura de Estudios de la DGER, materialicen las coordinaciones necesarias, a fin de establecer que los gastos generales a reconocer por la DGER estarán vinculados a los gastos administrativos de seguridad.

    En caso tenga alguna consulta puede contactarse con Daniela García Belaunde (dgarciabelaunde@rubio.pe), Katherine Yesquen (kyesquen@rubio.pe) o Diana Rivera (drivera@rubio.pe).

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT