MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE TRANSFERENCIA EL USO LA SEGURIDAD Y SEGUIMIENTO DE LA UTILIZACION DE LOS ARTICULOS LOS SERVICIOS O EL ADIESTRAMIENTO CONEXO QUE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PUEDA SUMINISTRAR AL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

Coming into Force01 August 1997
Subject MatterTráfico de drogas y sustancias psicotrópicas
Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=75d8c84b-0bcf-4222-91b2-d7ea229ab793
ParticipantsColombia
MEMORANDO
DE
ENTENDIMIENTO ENTRE
EL
GOBIERNO
DE
LA
REPUBLICA
DE
COLOMBIA
Y EL
GOBIERNO
DE
LOS
ESTADOS UNIDOS
DE
AMERICA
SOBRE
LA
TRANSFERENCIA, EL USO,
LA
SEGURIDAD Y
EL
SEGUIMIENTO
DE
LA
UTILIZACION
DE
LOS
ARTICULOS,
LOS
SERVICIOS
0 EL ADIESTRAMIENTO
CONEXO
QUE
EL
GOBIERNO
DE
LOS
ESTADOS UNIDOS
DE
AMERICA
PUEDA
SUMINISTRAR
AL
GOBIERNO
DE
LA
REPUBLICA
DE
COLOMBIA
El
Gobierno
de
la
RepUblica
de
Colombia,
representado
por
el
Embajador
de
Colombia
en
los
Estados
Unidos
de
America,
quien
actua
ademas
como
representante
del
Ministerio
de
la
Defensa
Nacional
de
Colombia,
y
el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
Alnerica,
representado
por
la
Secretaria
de
Estado
Adjunta
en
Ejercicio
de
Asuntos
Internacionales
de
Narc6ticos
y
Represi6n
del
Delito,
Reconociendo
la
valiosa
contribuci6n
de
las
valerosas
y
dedicadas
Fuerzas
Militares
colombianas
en
la
lucha
contra
el
narcotrafico,
asi
como
su
compromise
y
las
medidas
que
han
adoptado
para
asegurar
el
respeto
de
los
derechos
humanos;
Deseando
establecer
los
procedimientcs
que
se
emplearan
para
la
transferencia,
el
uso,
la
seguridad
y
el
seguimiento
de
la
utilizaci6n
de
los
articulos,
los
servicios
o
el
adiestramiento
conexo
que
el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
America
sumi.nistre
al
Gobierno
de
la
RepUblica
de
Colombia
por
virtud
de
concesiones
con
arreglo
a
la
Ley
de
Asistencia
al
Exterior
(FAA)
o
la
L€y
de
Control
de
Exportaciones
de
Armas
(AECA)
(en
adelante,
la
asistencia
prevista),
para
el
uso
de
unidades
del
Ejercito
Nacional,
la
Fuerza
Aerea
Col.ombiana
o
la
Armada
Nacional
de
Colombia
en
la
lucha
antinarc6ticos;
Teniendo
presente
el
canje
de
notas
entre
el
Gobierno
de
1a
Republica
de
Colombia
y
el
Gobierno
de
los
Estados
Uni.dos
de
America
de
fecha
12
de
diciembre
de
1996,
acerca
de
la
transferencia,
el
usc,
la
seguridad
y
el
se.guimiento
de
la
utilizaci6n
de
los
articulos,
los
servicios
o
el
adiestramiento
conexo
proporcionados
con
arreglo
a
la.
retirada
de
articulos
correspondientes
al
ano
presupuestal
de
1996
de
conformidad
con
la
Secci6n
506
de
la
FAA;
Tomando
en
consideraci6n
que,
conforme
a
la
legislaci6n
y
la
politica
de
los
Estados
Unidos
de
America,
el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
America
no
proporciona
asistencia
para
el
uso
de
una
unidad
de
las
fuerzas
de
seguridad
de
un
pais
ext.ranjero
en
la
lucha
antinarc6ticos,
si
el
Secretario
de
Estado
de
los
Estados
Unidos
tiene
evidencia
creible
de
que
dicha
unidad,
pol~
medio
de
actos
de
cualquiera
de
sus
integrantes,
ha
cometido
graves
violaciones
de
derechos
humanos,
a
menos
que
el
Secretario
de
Estado
de
los
Estados
Unidos
determine
que
el
gobierno
de
ese
pais
esta
tomando
medidas
para
llevar
a
la
justicia
a
los
integrantes
responsables
de
dicha
unidad,
conforme
al
ordenamiento
juridico
de
ese
pais;

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