Acuerdo de Servicios Aereos entre la Republica de Colombia y la Republica de Finlandia

Document typeAcuerdo
CategoryBilateral
SubjectTransportes
ACUERDO
DE
SERVICIOS
AÉREOS
ENTRE
LA
REPúBLICA
DE
COLOMBIA
y
LA
REPÚBLICA
DE
FINLANDIA
La
República
de Colombia y la
República
de
Finlandia,
referidas en
adelante
como
"las
Partes",
Siendo
Partes
del Convenio
sobre
Aviación Civil
Internacional
abierta
para
firma en
Chicago,
el
11
de
diciembre
de
1944;
Deseando
suscribir
un
acuerdo
de
servicios aéreos
complementario
al Convenio
arriba
mencionado;
Deseando establecer
un
acuerdo
para
fomentar
el
desarrollo
de
servicios aéreos
programados
entre
y
más
allá
de
sus
territorios,
Deseando
organizar,
de
manera
segura
y
ordenada,
servicios aéreos
internacionales
y
promover
en la
mayor
medida
posible, cooperación
internacional
con respecto a dichos
servicios,
Han
acordado
lo siguiente:
ARTÍCULO
1
DEFINICIONES
Para
efectos del
presente
Acuerdo:
a) El
término
"Convenio"
significa
el
Convenio
sobre
Aviación Civil
Internacional
abierta
para
firma en Chicago,
el
11
de
diciembre
de
1944, incluido
cualquier
Anexo
adoptado
según el Artículo 90
de
dicho Convenio y
cualquier
enmienda
de
los Anexos
o el Convenio según los Artículos 90 y 94 (a) del mismo, en la medida
que
dichos Anexos
y
enmiendas
sean aplicables
para
ambas
Partes;
b) El
término
"autoridades
aeronáuticas"
significa, en el caso
de
la
República
de
Colombia, la
Unidad
Administrativa
Especial de
Aeronáutica
Civil,
yen
el
caso de la
República
de
Finlandia,
la
Autoridad
de Aviación Civil o, en
ambos
casos,
cualquier
persona
o
entidad
autorizada
para
desempeñar
cualquiera
de
las funciones
que
actualmente
sean
ejercidas
por
dichas
autoridades
o funciones similares;
c) El
término
"aerolínea
designada"
significa
cualquier
aerolínea,
que
haya
sido
designada
y
autorizada
de
acuerdo
con el
Artículo
3 del
presente
Acuerdo;
d)
El
término
"territorio"
tiene el significado
que
se le asigna en el Artículo 2 del
Convenio;
e) Los
términos
"servicio
aéreo",
"servicio
aéreo
internacional",
"aerolínea"
y
"para
para
fines
no
comerciales",
tienen los significados
que
se les
asigna
en
el
Artículo
96 del
Convenio;
f)
El
término
"capacidad"
significa la(s)
cantidad(es)
de servicios provistos
según
el
acuerdo,
usualmente
medidos en el
número
de vuelos (frecuencias) o sillas o
toneladas
decarga
ofreddos
en
un
mercado
(parde
ciudad,
opaís
a país)
oen
una
ruta
durante
un
periodo
especifico,
como
diariamente,
semanalmente,
estacionalmente
o
anualmente;
g) El
término
"tarifa"
significa los precios a
ser
pagados
por
el
transporte
de
pasajeros,
equipaje
y
carga
y las condiciones
bajo
las cuales
aplican
dichos precios,
incluidos
cargos
de
comisión y
otra
remuneración
adicional
para
la agencia o
venta
de
documentos
de
transporte,
y excluidas la
remuneración
y condiciones
para
el
transporte
de
correo;
h)
El
término"
Acuerdo"
significa el
actual
Acuerdo
de
Servicios Aéreos, sus Anexos
y
enmiendas
y modificaciones;
i)
El
término
"Anexo"
significa
el
Anexo a este
Acuerdo
y
sus
enmiendas.
El Anexo
forma
parte
integral
de
Acuerdo,
y
todas
las
referencias
al
Acuerdo
incluirán
referencia
al Anexo, salvo indicación al
contrario;
j)
El
término
"servicios
intermodales"
significa el
transporte
público
por
aeronave
y
por
una
o más
modalidades
de
superficie
de
transporte
de
pasajeros,
equipaje,
carga
y
correo,
por
separado
o en
combinación,
para
remuneración
o
contrato;
k)
El
término
"Parte"
significa
un
Estado
que
haya
acordado
formalmente
vincularse
por
este
acuerdo;
1)
El
término
"Cargo
de
Usuario"
significa un
cargo
impuesto
a las
aerolíneas
por
las
autoridades
competentes,
o
que
se les
permita
imponer,
la
para
provisión de bienes
de
aeropuerto
o instalaciones o servicios, incluidos servicios e instalaciones afines,
para
aeronaves,
sus
tripulaciones,
pasajeros
y
carga;
m)
Las
referencias
en este
Acuerdo
a nacionales
de
la
República
de
Finlandia,
se
entenderán
que
se
refieren
a nacionales
de
los
Estados
Miembro
de
la
Unión
Europea.
n)
Las
referencias en este
Acuerdo
a
aerolíneas
de la
República
di).
Finlandia,
se
entenderán
que
se
refieren
a
aerolíneas
designadas
por
la
República
de
Finlandia;
ñ)
Las
referencias
en este
Acuerdo
a los
'Tratados
UE",
se
entenderán
que
se
refieren
al
Tratado
sobre
la
Unión
Europea
y
el
Tratado
sobre
el
funcionamiento
de la
Unión
Europea.
2

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