ACUERDO por el que se da a conocer el Código Internacional de Estabilidad sin Avería

Document typeAcuerdo
CategoryMultilateral
SubjectDerecho marítimo

RESOLUCIÓN MSC.267(85)

(Adoptada el 4 de diciembre de 2008)

ADOPCIÓN DEL CÓDIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA, 2008 (CÓDIGO IS 2008)

EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA,
RECORDANDO el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,
RECORDANDO TAMBIÉN la resolución A.749(18): "Código de estabilidad sin avería para todos los tipos de buques regidos por los instrumentos de la OMI", enmendada mediante la resolución MSC.75(69),
RECONOCIENDO la necesidad de actualizar dicho Código y la importancia de establecer prescripciones sobre estabilidad sin avería obligatorias a escala internacional,
TOMANDO NOTA de las resoluciones MSC.269(85) y MSC.270(85), mediante las cuales adoptó, entre otras cosas, enmiendas al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974, enmendado (en adelante "el Convenio SOLAS 1974") y al Protocolo de 1988 relativo al Convenio internacional de líneas de carga, 1966 (en adelante "el Protocolo de Líneas de Carga 1988"), a fin de conferir carácter obligatorio en virtud del Convenio SOLAS 1974 y el Protocolo de Líneas de Carga 1988 a la introducción y las disposiciones de la parte A del Código internacional de estabilidad sin avería, 2008,
HABIENDO EXAMINADO, en su 85° periodo de sesiones, el texto propuesto para el Código internacional de estabilidad sin avería, 2008,
1. ADOPTA el Código internacional de estabilidad sin avería, 2008 (Código IS 2008), cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;
2. INVITA a los Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS 1974 y a las Partes en el Protocolo de Líneas de Carga 1988 a que tomen nota de que el Código IS 2008 entrará en vigor el 1 de julio de 2010, una vez que entren en vigor las correspondientes enmiendas al Convenio SOLAS 1974 y al Protocolo de Líneas de Carga 1988;
3. PIDE al Secretario General que remita copias certificadas de la presente resolución y del texto del Código IS 2008, que figura en el anexo, a todos los Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS 1974 y a las Partes en el Protocolo de Líneas de Carga 1988;
4. PIDE ASIMISMO al Secretario General que remita copias de la presente resolución y de su anexo a todos los Miembros de la Organización que no sean Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS 1974 o Partes en el Protocolo de Líneas de Carga 1988;
5. RECOMIENDA a los Gobiernos interesados que utilicen las disposiciones de la parte B del Código IS 2008, que tienen carácter de recomendación, como base para establecer las correspondientes normas de seguridad, a menos que sus prescripciones nacionales sobre estabilidad ofrezcan un grado de seguridad equivalente.
ANEXO

CÓDIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA, 2008

(CÓDIGO IS 2008)

ÍNDICE

PREÁMBULO
INTRODUCCIÓN
1 Finalidad
2 Definiciones
PARTE A: CRITERIOS OBLIGATORIOS
Capítulo 1: Cuestiones generales
1.1 Ámbito de aplicación
1.2 Fenómenos de estabilidad dinámica con olas
Capítulo 2: Criterios generales
2.1 Cuestiones generales
2.2 Criterios relativos a las propiedades de la curva de brazos adrizantes
2.3 Criterio de viento y balance intensos (criterio meteorológico)
Capítulo 3: Criterios especiales para determinados tipos de buques
3.1 Buques de pasaje
3.2 Petroleros de peso muerto igual o superior a 5000 toneladas
3.3 Buques de carga que transporten cubertadas de madera
3.4 Buques de carga que transporten grano a granel
3.5 Naves de gran velocidad
PARTE B: RECOMENDACIONES APLICABLES A DETERMINADOS TIPOS DE BUQUES Y OTRAS DIRECTRICES
Capítulo 1: Cuestiones generales
1.1 Finalidad
1.2 Ámbito de aplicación
Capítulo 2: Criterios recomendados de proyecto para determinados tipos de buques
2.1 Buques pesqueros
2.2 Pontones
2.3 Buques portacontenedores de eslora superior a 100 m
2.4 Buques de suministro mar adentro
2.5 Buques para fines especiales
2.6 Unidades móviles de perforación mar adentro
Capítulo 3: Orientaciones para elaborar la información sobre estabilidad
3.1 Efecto de las superficies libres de los líquidos en los tanques
3.2 Lastre permanente
3.3 Evaluación del cumplimiento de los criterios de estabilidad
3.4 Condiciones normales de carga que deben examinarse
3.5 Cálculo de las curvas de estabilidad
3.6 Cuadernillo de estabilidad
3.7 Medidas operacionales para buques que transporten cubertadas de madera
3.8 Cuadernillos de instrucciones para determinados buques
Capítulo 4: Cálculos de estabilidad efectuados por los instrumentos de estabilidad
4.1 Instrumentos de estabilidad
Capítulo 5: Disposiciones operacionales contra la zozobra
5.1 Precauciones generales contra la zozobra
5.2 Precauciones operacionales con mal tiempo
5.3 Manejo del buque con mal tiempo
Capítulo 6: Consideraciones sobre el engelamiento
6.1 Cuestiones generales
6.2 Buques de carga que transporten cubertadas de madera
6.3 Buques pesqueros
6.4 Buques de suministro mar adentro de eslora comprendida entre 24 y 100m
Capítulo 7: Consideraciones sobre la integridad de estanquidad y la estanquidad a la intemperie
7.1 Escotillas
7.2 Aberturas en los espacios de máquinas
7.3 Puertas
7.4 Portas de carga y aberturas similares
7.5 Portillos, imbornales, tomas y descargas
7.6 Otras aberturas de cubierta
7.7 Ventiladores, tubos de aireación y dispositivos de sondeo
7.8 Portas de desagüe
7.9 Cuestiones diversas
Capítulo 8: Determinación de los parámetros de desplazamiento en rosca
8.1 Ámbito de aplicación
8.2 Preparativos para la prueba de estabilidad
8.3 Planos necesarios
8.4 Procedimiento de prueba
8.5 Prueba de estabilidad para las unidades móviles de perforación mar adentro
8.6 Prueba de estabilidad para los pontones
Anexo 1: Orientación detallada para realizar una prueba de estabilidad
1 Introducción
2 Preparativos para la prueba de estabilidad
2.1 Superficie libre y contenido de los tanques
2.2 Medios de amarre
2.3 Pesos de prueba
2.4 Péndulos
2.5 Tubos en U
2.6 Inclinómetros
3 Equipo necesario
4 Procedimiento de prueba
4.1 Revista inicial y reconocimiento
4.2 Lecturas de francobordo/calado
4.3 Prueba de estabilidad
Anexo 2: Recomendaciones para que los patrones de buques pesqueros se aseguren de la resistencia del buque en condiciones de formación de hielo
1 Antes de hacerse a la mar
2 En el mar
3 Durante la formación de hielo
4 Lista de equipo y herramientas de mano
PREÁMBULO
1 El presente código ha sido elaborado con objeto de ofrecer en un solo documento las disposiciones obligatorias de la Introducción y la parte A, junto con las disposiciones recomendadas de la parte B sobre estabilidad sin avería, basadas primordialmente en los actuales instrumentos de la OMI. En los casos en que las recomendaciones del presente código difieran aparentemente de las de otros códigos de la OMI, prevalecerá lo dispuesto en dichos códigos. A fin de que sea lo más completo posible y para conveniencia del usuario, el presente código incluye también disposiciones que proceden de instrumentos obligatorios de la OMI.
2 El presente código está inspirado en los conceptos más recientes del sector disponibles en el momento de su elaboración, teniendo en cuenta sólidos principios de proyecto e ingeniería y la experiencia adquirida en la explotación de estos buques. Por otra parte, la técnica de proyecto de los buques modernos evoluciona con rapidez, por lo que el código, en lugar de permanecer estático, debería ser objeto de la evaluación y revisión necesarias. Con tal finalidad, la Organización examinará regularmente el presente código teniendo presentes tanto la experiencia como las innovaciones que se produzcan.
3 Se tuvieron en cuenta una serie de fenómenos, tales como la condición de buque apagado, la acción del viento en buques con mucha superficie expuesta, las características de balance, mala mar, etc., basados en la tecnología más avanzada y en los conocimientos más recientes del sector en el momento en que se elaboraba el presente código.
4 Se ha reconocido que, dada la gran variedad de tipos y tamaños de los buques, así como la diversidad de condiciones operacionales y ambientales, no era posible resolver de manera general todos los problemas de seguridad que desde el punto de vista de la estabilidad se plantean para impedir los accidentes. En particular, la seguridad del buque en mar encrespada encierra fenómenos hidrodinámicos complejos que hasta el momento no se han investigado y comprendido adecuadamente. El buque en mar encrespada ha de concebirse como un sistema dinámico en el que las relaciones que se establecen entre el propio buque y las condiciones ambientales, como por ejemplo la influencia del oleaje y el viento, constituyen elementos sumamente importantes. La elaboración de criterios de estabilidad basados en aspectos hidrodinámicos y en el análisis de la estabilidad del buque en mar encrespada plantea complejos problemas que será preciso continuar investigando.
INTRODUCCIÓN
1 Finalidad
1.1 La finalidad del presente código es proporcionar criterios de estabilidad, tanto de carácter obligatorio como de recomendación, y otras medidas que garanticen la seguridad operacional de todos los buques a fin de reducir al mínimo los riesgos para los mismos, el personal de a bordo y el medio ambiente. En esta introducción y en la parte A del presente código se recogen los criterios obligatorios, mientras que la parte B incluye las recomendaciones y otras directrices.
1.2 Salvo indicación en otro sentido, el presente código contiene criterios de estabilidad sin avería para los siguientes tipos de buques y otros vehículos marinos de eslora igual o superior a 24m:
.1 buques de carga;
.2 buques de carga que transporten cubertadas de madera;
.3 buques de pasaje;
.4 buques pesqueros;
.5 buques para fines especiales;
.6 buques de suministro mar adentro;
.7 unidades móviles de perforación mar adentro;
.8 pontones; y
.9 buques de carga que transporten contenedores en cubierta y buques portacontenedores.
1.3 Las Administraciones podrán imponer prescripciones adicionales sobre...

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