Q&A Covid-19 y Telecomunicaciones - IFT

INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

¿Qué días suspende labores el IFT?

Mediante diversos Acuerdos, el IFT ha determinó la suspensión de labores y actividades presenciales en el Instituto por causas de fuerza mayor, dentro del período del 23 de marzo al 30 de mayo del 2020.

¿Se suspenden los términos y plazos?

Sí, debido a la suspensión de labores del IFT, no correrán los términos y plazos correspondiente a los trámites, actuaciones y procedimientos.

¿Cuándo se reanudarán los términos y plazos?

Los plazos previstos por períodos o días naturales se reanudará su cómputo a partir del domingo 31 de mayo de 2020, por su parte, los plazos previstos en días hábiles, se reanudará su cómputo a partir del lunes 1 de junio de 2020.

¿Cuáles trámites, actuaciones y procedimientos podrán presentarse a través de medios electrónicos?

  1. A través de ventanilla electrónica del IFT:

    * Registro de nombre comercial.

    * Registro de tarifas de servicios (en caso de telecomunicaciones) y espacios de publicidad (en caso de radiodifusión).

    * Registro de acreditación o revocación de representante legal.

    * Registro de aviso de domicilio para notificaciones y centros de atención.

    * Registro de código de ética (en caso de radiodifusión).

    * Registro de defensor de audiencias (en caso de radiodifusión).

    * Registro de contrato de adhesión.

    * Registro de puntos de interconexión (en su caso).

  2. A través del correo electrónico de oficialía de partes del IFT (oficialiadepartes@ift.org.mx):

    Unidad de Concesiones y Servicios.

    *Para fines informativos, se describen algunos trámites, sin embargo, son un total de 100 trámites habilitados.

    * Solicitud de inscripción al Registro Público de Concesiones de los siguientes trámites:

    * Estructura accionaria o de partes sociales o aportaciones.

    * Formalización de enajenación de acciones.

    * Convenio/contrato celebrado entre concesionarios o bien entre concesionario y autorizado/permisionario, que conforme a la normatividad deban ser inscritos.

    * Aviso de inicio o terminación de prestación de servicios de telecomunicaciones y/o de ampliación o reducción de áreas geoestadísticas en las que se ofrecen servicios de telecomunicaciones, para concesiones únicas, de redes públicas de telecomunicaciones y para comercializadoras.

    * Contrato de arrendamiento de espectro radioeléctrico, sus modificaciones y terminación.

    * Solicitud de concesión de recursos orbitales y, en su caso, concesión única de telecomunicaciones.

    * Solicitud de Autorización para explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional

    * Solicitud de concesión única, para uso social, social comunitaria y social indígena de telecomunicaciones.

    * Solicitud de concesión de bandas de frecuencias de espectro radioeléctrico y, en su caso, concesión única de telecomunicaciones, ambas para uso público o social o social indígena o social comunitaria.

    * Solicitud de concesión única para uso comercial.

    * Solicitud de Autorización para establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones.

    * Solicitud de autorización de suscripción o enajenación de acciones o partes sociales de los concesionarios.

    * Solicitud de ampliación de plazos para dar cumplimiento a obligaciones establecidas en los títulos de concesión.

    Unidad de Cumplimiento

    * Entrega del reporte de fallas en parte o en la totalidad de la red que hagan imposible la prestación del servicio para la telefonía móvil.

    * Pago anual para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.

    * Solicitud de atención de denuncias de interferencias.

    * Reporte de fallas del servicio de televisión digital.

    Unidad de Política Regulatoria

    * Solicitud de Acceso al Sistema Electrónico de Solicitudes de Interconexión.

    * Solicitud de actualización de los datos de identificación acreditados en el Sistema Electrónico de Solicitudes de Interconexión inscritos en el Registro de Trámites y Servicios del Instituto.

    * Aprobación de las ofertas de referencia de servicios mayoristas de telecomunicaciones, capacidades, funciones e infraestructura que presten las redes compartidas mayoristas en términos de sus títulos de concesión y demás disposiciones aplicables.

    Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales

    * Solicitud de acceso a la multiprogramación o cambio de identidad de un canal que transmite en multiprogramación para estaciones de radiodifusión.

    * Solicitud de asignación de un canal virtual disponible diferente al asignado.

    * Solicitud sobre disponibilidad de señales radiodifundidas que realizan las instituciones públicas federales para su retransmisión.

  3. A través de los correos electrónicos oficialiaai@ift.org.mx o oficialiacompetencia@ift.org.mx.

    Unidad de Competencia Económica

    * Notificación de concentraciones tramitada conforme a los artículos 90 y 92 de la Ley Federal de Competencia Económica.

    * Reanudación de procedimiento de concentración actualmente tramitado.

  4. A través del correo electrónico atencion@ift.org.mx y el sistema “Soy Usuario”:

    Coordinación General de Política del Usuario

    * Atender, apoyar y orientar a los usuarios que pudieran presentar alguna deficiencia en sus servicios.

    ¿Qué porcentaje de trámites del IFT pueden realizarse a través de medios electrónicos?

    Actualmente el 73% de los trámites contenidos en el catálogo del IFT pueden realizarse a través de medios electrónicos.

    ¿Cuáles son los requisitos que deben contener los trámites, actuaciones y procedimientos que se realizan a través de medios electrónicos?

    * Señalar en el asunto del correo electrónico el número o nombre de trámite a realizar y la unidad administrativa ante la cual se promueve.

    * Señalar dentro del correo electrónico el trámite que se requiere iniciar, en caso de ser una respuesta a un requerimiento, señalar el número y fecha del oficio mediante el cual se realizó el mismo por parte de la autoridad facultada.

    * Se deberán adjuntar al correo electrónico los archivos digitales con extensión .pdf que contengan la solicitud del trámite debidamente firmada por el interesado, o su representante legal debidamente acreditado ante el Instituto

    * En caso de que el promovente no se encuentre previamente acreditado ante el Instituto, deberá anexar en archivo digital con extensión .pdf, el testimonio o copia certificada del instrumento con el cual acredite su personalidad.

    * Los archivos adjuntos en el correo electrónico no deberán exceder de 20 Megabytes.

    ¿Deberán presentarse documentos originales en oficialía de partes de los trámites, actuaciones y procedimientos presentados por medios electrónicos durante la suspensión de labores?

    Si, una vez que concluya la suspensión de labores, el interesado o su representante legal tendrá un plazo de veinte días hábiles para presentar en la Oficialía de Partes del IFT, mediante escrito y de manera física, toda la documentación original y completa que remitió inicialmente de manera digitalizada para tramitar el asunto respectivo, haciendo referencia al número registrado en el Sistema Institucional de Gestión Documental que le fue asignado y notificado al momento de realizar su actuación.

    ¿Qué pasa si no se presentan los documentos originales en oficialía de partes?

    En caso de que no se exhiba la documentación original dentro del plazo de veinte días hábiles, se encuentre incompleta o no coincida con la que en su oportunidad se remitió, el IFT podrá determinar como trámite no presentado, sin necesidad de requerimiento o pronunciamiento previo.

    ¿El IFT podrá llevar a cabo inspecciones y verificaciones a los concesionarios, autorizados o permisionarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión?

    Sí, la Unidad de Cumplimiento del IFT podrá llevar a cabo las acciones de vigilancia y verificación para resolver las interferencias perjudiciales y demás irregularidades y perturbaciones que se presenten a los sistemas empleados para la prestación de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión.

    Cabe señalar que las actividades de supervisión con relación al cumplimiento de obligaciones de los concesionarios, autorizados y permisionarios quedan suspendidas hasta el día 4 de mayo de 2020.

    ¿Se modificaron los plazos del Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2020?

    Si, se actualizaron las fechas para llevar a cabo la solicitud de concesiones para uso social, comunitarias e indígenas, del 21 de septiembre al 16 de octubre de 2020

    Fuentes:

    * Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, determina los casos en los que se suspenden los plazos y términos de ley, así como sus excepciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos segundo y tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 115, segundo párrafo y 121 de la Ley Federal de Competencia Económica, con motivo de las medidas de contingencia del denominado coronavirus COVID-19.

    Consultable en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590465&fecha=26/03/2020

    * Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

    Consultable en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590787&fecha=31/03/2020

    * Acuerdo modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

    Consultable en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591276&fecha=07/04/2020

    * Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causas de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus COVID-19, y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto para garantizar la continuidad y calidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

    Consultable en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/proyecto_f_acuerdo_nuevo_previo_sesion_rubricas_ecr_final_stp.pdf

    * Comunicado del Instituto Federal de Telecomunicaciones: El IFT reactiva 73% de sus trámites vía electrónica en beneficio del desarrollo de las telecomunicaciones y radiodifusión.

    Consultable en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicadoacuerdopleno10520.pdf

    * Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite los Lineamientos de emergencia para sustanciar el procedimiento de orientación general a través de medios electrónicos.

    Consultable en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/acuerdo_lineamientos_emergencia_ai_30.04.20_v2.pdf

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