26 de marzo 2020 - Boletín del Grupo de Práctica de Protección de Datos e Información Personales
Author | Juan Luis Serrano/Javier Villanueva |
MEXICO- El INAI emite guías para el manejo de datos personales en el marco de la contingencia por COVID-19.
El Instituto Nacional de Acceso a la Información (“INAI”) emitió guías para el tratamiento de datos personales por parte de Instituciones y prestadores de servicios de salud públicos y privados cuando se trate de casos –posibles o confirmados- de COVID-19.
Las guías tienen 3 secciones:
I. Para responsables (Instituciones y prestadores de servicios de salud públicos y privados)
» Las medidas tomadas en respuesta al COVID-19 que implican el tratamiento de datos personales que incluyen datos de salud, deben ser necesarias y proporcionales, atendiendo la orientación y/o instrucciones de la Secretaría de Salud y autoridades competentes.
» Las instituciones y prestadores de servicios de salud públicos y privados deben recabar solamente los datos personales mínimos necesarios, para lograr el propósito de implementar medidas para prevenir o contener la propagación de COVID-19 y, en su caso, brindar la atención, diagnóstico y tratamiento médico correspondiente.
» Los datos personales recopilados con el fin de prevenir o contenerla propagación de COVID- 19,no debenutilizarse para propósitos distintos.
II. Para responsables del sector privado.
» Las organizaciones deben proteger la confidencialidad sobre cualquier dato personal o personal sensible relacionado con cualquier caso de COVID-19, para evitar daño o discriminación de la persona afectada.
» Toda comunicación que se realice en la organización sobre la posible presencia de COVID-19 en el lugar de trabajo, no debe identificar a ningún colaborador de forma individual.
» El tratamiento de datos personales ante el COVID-19, debe ser informado y el titular debe conocer en todo momento las finalidades para las cuáles serán recabados y tratados sus datos personales.
» Previo al tratamiento, el responsable deberá poner a disposición del titular el aviso de privacidad correspondiente.
» La identidad de las personas afectadas de COVID-19 no debe divulgarse, en caso de requerirse una transferencia de datos personales a las autoridades de salud, ésta deberá ser documentada claramente, fundamentada y realizarse considerando medidas de seguridad que garanticen la protección de los datos personales.
» Los responsables deben definir los plazos de conservación de los datos personales relacionados con casos de COVID-19, así como los mecanismos que se emplearán para eliminarlos de forma segura, tomando en consideración la normatividad sectorial en la materia.
III. Para la población en general.
» Las guías contienen un recordatorio general sobre los derechos relativos a datos personales y la posibilida de contactar al INAI.
Nuestro equipo de Data Privacy asesora a clientes en diversos temas, incluyendo estructuras de protección de datos y acciones en casos de vulneraciones de seguridad. Acérquese a cualquier integrante del equipo para consultas adicionales.
Esta nota fue preparada por Juan Luis Serrano (jlserrano@ sanchezdevanny.com) y Javier Villanueva (jvillanueva@ sanchezdevanny.com).
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