A-1 ¿Se puede cambiar sin realmente cambiar? Hacia una revisoría fiscal Basada- en-principios

AuthorSamuel Alberto Mantilla Blanco
Pages485-502

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Este trabajo sigue la dirección de dos trabajos míos anteriores:

· La profesionalización de la auditoría en Colombia y la transformación de la revisoría fiscal,190 y

· Aseguramiento de información financiera. Fundamentación teórica.191

A la luz de las teorías jurídica disponibles, analiza las transformaciones que se proponen a la revisoría fiscal manteniendo su carácter institucional pero adecuándola a los estándares y las prácticas internacionales.

Deja claro que los cambios a la revisoría fiscal, si de verdad se quieren incorporar los estándares y las prácticas internacionales, no se pueden limitar al interior de lo que se denomina el sistema basado-en-reglas (basado en la teoría de los órganos societarios) sino que debe realizarse una transformación que conduzca a una revisoría fiscal basada-en-principios (basada en la teoría del gobierno corporativo). Resalta que esto es conveniente pero no es gratis, hay un precio por pagar, porque es mejor hacer cambios que sean efectivos y no meras continuaciones del status quo vigente.

Está relacionado de manera estrecha con el Apéndice 2 La regulación del auditor: Brecha entre la práctica del auditor internacional y el auditor nacional, principalmente en la explicación de las alternativas para una revisoría fiscal ajustada a los estándares internacionales.

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CONTEXTO PARA EL ANÁLISIS

Se considera que una de las características centrales del mundo en el presente es que todo está sujeto a continuo cambio. Sin embargo, son pocos los acuerdos respecto de qué se entiende por cambio.

En esas condiciones, una pregunta central es si es posible cambiar sin realmente cambiar, esto es, si dado un conjunto que esté necesitado de cambio basta con modificar o reemplazar las partes que estén causando daño o que no estén dejando avanzar.

Sobre ello hay distintas apreciaciones y pocos acuerdos.

Sin embargo, en la búsqueda de un cambio que sea efectivo, está claro que la clave está en ‘cambiar la perspectiva,’ esto es, cambiar la manera como se ven las cosas porque si se siguen mirando de la misma manera se sigue insistiendo en las mismas soluciones que no han funcionado.192

De acuerdo con Wicks (Op. Cit.):

· La razón central es enfrentar el problema central para cambiar. Como se tiene miedo a enfrentar la verdad, se da cabida a los dos grandes enemigos de la apertura: la arrogancia y la ignorancia.

· La arrogancia ocurre cuando exportamos (proyectamos) la responsabilidad por nuestros fracasos y errores (‘le echamos la culpa a otros’) por las vías de excusarse, absolver, explorar, racionalizar, mitigar o contextualizar.

· La ignorancia ocurre cuando asumimos la responsabilidad por todo de mane-ra que resulta en sentimientos negativos acerca de nosotros mismos (‘pérdida de auto-estima’) por las vías de la auto-condena, la sobre-responsabilidad, el ser híper-críticos de sí mismos, o las tendencias excesivamente perfeccionistas.

· Para lograr resultados que sean efectivos, la solución comienza por la búsqueda de la claridad que está en el medio de la arrogancia y la ignorancia y que es la que lleva a una nueva libertad y a la capacidad de cambiar, que otros prefieren denominar resillience, esto es, capacidad de recuperación.193Con base en esto, ¿Qué puede proponerse en relación con la transformación que necesita la revisoría fiscal a fin de adecuarla a los estándares y las prácticas internacionales? En otras palabras: ¿cómo lograr un proceso efectivo que permita cambiar la tradicional revisoría fiscal basada-en-reglas, a una revisoría fiscal basada-en-principios?

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Lo que sigue es un intento, ciertamente un poco aventurado, de buscar un cambio efectivo en la revisoría fiscal.

CAMBIOS A LA REVISORÍA FISCAL

Una primera claridad, importante, es reconocer que se necesita hacer cambios a la revisoría fiscal.

Prácticamente hay consenso general respecto de ello. Donde no hay acuerdo es en relación con cuáles cambios.

Si se analiza la evolución de la revisoría fiscal es claro que ha tenido cambios. Sería ingenuo señalar que ha permanecido igual. Desde la perspectiva normativa, está claro que la profusión regulatoria ha ido introduciendo más y más funciones que han ido haciendo que la revisoría fiscal sea diferente hoy a como lo fue en el pasado.

Pero tales cambios han sido al interior de su sistema y no le han permitido una adecuación efectiva a las circunstancias del presente ni han sentado las condiciones para adecuarla a los estándares y las prácticas internacionales. Como algunos dicen usando lenguaje común: más de lo mismo.

A la hora de enfrentar el proceso de convergencia hacia los estándares internacionales (ordenado por la ley 1314 de 2009), ya se dispone de aceptación casi generalizada de que ‘tocó’ incorporar las NIIF y las NIA, y que en últimas la convergencia derivó en una ‘adopción con salvedades.’ Hay voces que critican aspectos194de este proceso pero en general todos ‘se están subiendo al bus.’

Donde no hay la misma aceptación es en el caso de la revisoría fiscal y está primando la posición ingenua de que hay que mantener la revisoría fiscal sin hacerle transformaciones de fondo, como si la incorporación de las NIA (mejor: el Sistema ISA/ NIA) fuera un asunto neutro, carente de consecuencias. Hay muchas expresiones de arrogancia o de ignorancia que buscan mantener, como sea, el status quo.

Por el lado de la arrogancia, los de un lado le echan la culpa a los del otro lado pero ninguno acepta que está equivocado. Para un sector, las deficiencias de la revisoría fiscal están en la mala calidad de los egresados de contaduría, el uso inadecuado de las tecnologías disponibles, la acción profesional centrada en la persona natural, etc. Para otro sector, los problemas se derivan del monopolio que ejercen las firmas grandes que le quitan el espacio a los nativos, el poco respaldo que el gobierno da para el ejercicio de las funciones, la paga exigua que dan los empresarios, etc. Pero ningún sector reconoce, y menos públicamente, sus aciertos y desaciertos.

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Por el lado de la ignorancia, prevalecen las voces de los contadores contra los contadores, hay una carrera loca (aceptada por la profesión) de quién le coloca más y más responsabilidades y funciones a los revisores fiscales, todo el mundo señala que como lo está haciendo lo está haciendo bien, las normas son aceptadas como verdades, se privilegia el cumplimiento normativo incluso sacrificando la ética, etc.195Estas listas parece que no tuvieran fin. Y siempre se sigue en las mismas.

¿Qué se necesita hacer para lograr que la revisoría fiscal que actualmente está basada-en-reglas se transforme hacia una revisoría fiscal basada-en-principios? De acuerdo con mi manera de entender, ese es el cambio central a realizar. Un cambio que es posible pero que está condicionado (‘no es gratis’):

· Implica cambiar la teoría jurídica subyacente (órganos sociales) por la teoría jurídica inmersa en el gobierno corporativo del presente (‘objetivos comunes y roles independientes’).

· Tiene la enorme ventaja de que la revisoría fiscal sigue siendo una institución (incrustada en el derecho colombiano), le permite adecuarse a los estándares y las prácticas internacionales (uso de los IFRS/NIIF y de los ISA/NIA, principal pero no exclusivamente), le facilita mantenerse al ritmo de los negocios, y sigue siendo rol privativo de los contadores.

· Implica cambios de fondo tanto en su concepción (no como órgano social sino como un rol entre los diferentes roles que buscan compartir los objetivos comunes), en su funcionamiento (un órgano que se convierte en tres roles diferentes) y en el respaldo profesional (contadores profesionales en ejercicio profesional independiente).

· Conlleva pagar el precio. En otras palabras, ‘para que la revisoría fiscal pueda ser transformada, la profesión de respaldo, esto es, la contaduría, tiene que ser transformada.’ No podrá cambiar la revisoría fiscal con la contaduría pública tal y como hoy está funcionando.

En este contexto, la revisoría fiscal no desaparece pero sí es sometida a transformaciones de fondo.

Veamos algunos detalles de los elementos arriba mencionados.

LAS TEORÍAS JURÍDICAS SUBYACENTES

Como la revisoría fiscal es una institución en el derecho colombiano es necesario analizar cuáles serían las alternativas que en el derecho colombiano podrían darse

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para hacer la transformación necesaria. No solo sin violar las normas sino si es posible que el derecho facilite los procesos.

Esto se puede resumir de la siguiente manera: la revisoría fiscal, nacida a finales del siglo 19, se basó en la teoría jurídica de ‘el mandato y los mandatarios’ pero se consolidó cuando fue incorporada en el Código de Comercio, de los años 1970, con base en la teoría jurídica de los ‘órganos societarios.’

El cambio desde la teoría jurídica de ‘el mandato y los mandatarios’ hacia la teoría jurídica de los ‘órganos sociales’ fue analizado en detalle por Hernando Bermúdez en su excelente trabajo "Apuntes sobre la revisoría fiscal, el revisor fiscal y sus suplentes" (Octubre 1998).196Se recomienda que el lector acuda a tal documento.

El cambio desde la teoría jurídica de los ‘órganos sociales’ hacia la teoría jurídica del ‘gobierno corporativo’ se esboza en el presente trabajo y se remite a las referencias bibliográficas para su análisis de fondo.197

La Tabla 1 resume los principales elementos de cada una de estas teorías jurídicas mencionadas y facilita visualizar cuáles son los cambios que se requieren.

Tabla 1: Teorías jurídicas relacionadas con la revisoría fiscal

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Ver notas 198 y 199

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EL GOBIERNO CORPORATIVO Y LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES

Las teorías jurídicas del gobierno corporativo ha sido incorporadas por diversas vías, entre las cuales se destacan dos: a través de los estándares internacionales (de los cuales hacen parte los códigos de gobierno corporativo) y las prácticas de responsabilidad social corporativa.

Desde la perspectiva...

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