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AuthorRamón R Abarca Fernández
Pages51-60

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Macte virtute!: En hora buena!

Macte virtute esto!: Animo, valor!.

Magis audacter quam prudenter: Con más audacia que prudencia.

Magis colendum?: Qué hay que cultivar más que la filosofía?

Magis esse quam videri oportet: Más importa ser que parecer. Indica que no debemos fiarlo todo a las apariencias de las cosas, sino que principalmente debemos buscar en ellas lo esencial y más importante.

Magis est quod... : Hay más razón para...

Magis in dies te diligo: Cada día te aprecio más.

Magis industriae, quam fortunae: Más confío en el trabajo que en la suerte. Se aplica a los que prefieren sacar provecho trabajando, sin esperar los favores de la fortuna.

Magis eloquens est quam sapiens: Es más elocuente que sabio.

Magis magisque: Más y más cada día.

Magis solito: Más de lo acostumbrado.

Magister: Nombre latino con que familiarmente se designa al maestro.

Magister artis ingeniique largitor venter: El estómago es el maestro de las artes y del ingenio. Con este proverbio se indica que el hambre y la necesidad son los principales factores para la industria y la invención. Magister dixit: El maestro dijo. Palabras atribuidas a los discípulos de

Pitágoras, como argumento irreplicable en una discusión. En la Edad Media la usaron los escolásticos para expresar su conformidad con Aristóteles y Santo Tomás.

Magister admissionum: Maestro de ceremonias de palacio.

Magister aeris: Ministro de hacienda.

Magister cubiculariorum: Camarero mayor.

Magister equitum: Jefe de la caballería, como delegado del rey en el orden militar.

Magister janitorum: Jefe de la guardia imperial.

Magister morum: Censor.

Magister populi: Dictador.

Magister officiorum o aulae: Jefe de los trabajadores. Alto dignatario de palacio en tiempo de los empleadores, que formaba parte de Consistorium, Consilium o Auditorium principis.

Magister bonorum vendendorum: Jefe de los vendedores de bienes. Recibía este nombre el síndico que se elegía para vender los bienes conforme al pliego de condiciones.

Magister paganorum vel vicorum: Jefe de las aldeas y barrios. En la época real aparecen ya unos Magister paganorum, bajo los cuidados de los cuales se celebraban las paganalia, fiestas religioso-populares (sacra popularia), consistentes en sacrificios públicos ofrecidos por las familias que formaban los pagi. En tiempo de la República, con el nombre de Magistri paganorum o vicorum, se designaban ciertos magistrados principales inferiores que administraban los vici o pagi, localidades enclavadas fuera del perímetro de la ciudad y que estaban sometidas al municipio.

Magistri seriniorum: Jefe de las comunicaciones. Los serinia eran oficinas que se establecieron en el palacio del emperador y que estaban encargados de recibir las comunicaciones relativas a los negocios personales de éste, y transmitir a los interesados las órdenes o resoluciones del mismo. Magistratus: Magistrado. Funcionarios de la administración de justicia de categoría inmediatamente superior a la de los jueces de primera instancia, y que forman las Salas de las Audiencias provinciales, las de las territoriales y las del Tribunal Supremo.

Magna civitas, magna solitudo: Una gran ciudad, es un gran desierto. Indica que en medio del bullicio de las grandes ciudades, se puede vivir retirado en el mundo.

Magna cum misericordia: Con vivo sentimiento de compasión.

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Magnae spes altera Romae: Otra esperanza de la gran Roma. Hemistiquio de Virgilio aplicado a Arcanio, hijo de Eneas. Según una antigua tradición aquellas palabras debieron ser de Cicerón, quien las aplicaría quizá al poeta Virgilio, considerado como la segunda esperanza de Roma, y que el autor de la Eneida las reprodujo en su gran poema.

Clasificación de las magistraturas romanas: A. Mayores:

1) Ordinarias: Cónsules, pretores y Crensores.

2) Extraordinaria: Dictador, Inter-rex, Magister equitum, Tribunos militares, Praefectus urbi.

  1. Intermedia ( y ordinaria) Tribunales de la plebe) C. Menores:

1) Ordinarios:

  1. Ediles: Plebeyos, Patricios o curules.

  2. Cuestores.

  3. Viginti sex viri: Tresviri nocturni (tribunos capitales); Tresviri argento auro fiando feriundo; Quatorviri Viis urbem purgantis; Decem viri delitibus judicandis; Praefecti jure dicundo

2) Extraordinarios: a. Praefectus annoae; b. Quinqueviros meusarios; c. Duumviros navales.

Magna est veritas et praevalebit: La verdad es muy poderosa, y prevalecer por fin.

Magna manus: Banda numerosa.

Magnam partem muri: Desmantelar gran parte de la muralla.

Magni facere (o) aestimare: Tener en mucho.

Magno natu: De edad muy avanzada.

Magno tempore: Durante largo tiempo.

Magnum est vectigal parsimonia: La economía es una recta considerable. Cicerón quiere significar con estas palabras que más se enriquecen los hombres por el ahorro y la economía, que por las ganancias que obtienen en sus negocios.

Maioris aestimare: Tener en más.

Male audire: Tener mala fama.

Male de se mereri: Ser duro consigo mismo, maltratarse.

Male est alicui: La cosa va mal para uno.

Male facta male dilabuntur: El mal adquirido se disipa con el humo. Palabras de Cicerón que advierten cuán poco suelen aprovechar los bienes de ilegítima procedencia.

Male moratus: Perverso.

Male reprehenderunt: No están en lo justo al criticar.

Male res se habet, cum...: Mal anda la cosa, cuando...

Mali principii malus finis: Malos principios, mal fin. Equivale al refrán castellano: Quien mal anda, mal acaba.

Malis omnibus exire: Salir (de Roma) con malos auspicios Malo alicui: Soy más favorable a uno.

Malus vas non frangitur: Una mala vasija no se quiebra fácilmente. Con esta frase se suele manifestar que las cosas que compramos más barato, generalmente son las que mejor se conservan.

Malus est puer robustus: El malo es el niño robusto. Indica que la maldad o la ruindad es el resultado de la inexperiencia o ignorancia, unida a la fuerza. Mancipatio: Apropiación. Modo por excelencia de adquirir la propiedad en el

Derecho romano antiguo y en el clásico. Domicio Ulpiano (170-228) la define "propia species alienationis rerum mancipii" (especie propia de alienación de las cosas de apropiación), exigiendo: 1) la existencia de un objeto que se quería vender, 2) su apreciación en metálico.

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Mancipium: Mancipación, propiedad. Uno de los poderes del pater-familias, abolido en tiempo de Justiniano. En su origen significó todo lo que podía ser susceptible de propiedad romana; más tarde expresó el poder del pater (padre) sobre todos los seres humanos que formaban parte de una familia.

Las causas por las cuales se caía "in mancipio" en: la cesión realizada por el pater-familias a otra persona, mediante un precio determinado, de los hijos que tenía bajo su voluntad o de la mujer in manu; la noxae deditio (rendición o capitulación del delito, daño); el nexum (contrato de venta u obligación); la redemptio ab hostibus (rescate de los enemigos); la venta de una persona como gladiador; la adjudicación del ladrón a la persona robada, desde que el derecho pretorio hizo que esto dejase de ser causa de esclavitud.

El comprador o adquiriente del mancipium no tenía sobre el mancipado una verdadera propiedad, no se convertía en dominus (señor). Es cierto que los textos romanos comparan el mancipium a la esclavitud, diciendo de los que estaban en él que se hallaban in servile conditione (en condición servil) (servi loco habetur, dice Gayo); pero esto distaba mucho de ser exacto viniendo a ser el mancipium un estado intermedio entre la libertad y la esclavitud, de modo que quien se encontraba en él tenía ciertas analogías, pero también diferencias fundamentales con el esclavo.

Las analogías eran: 1) no poder adquirir nada para sí, sino para aquel que lo recibía in mancipio, pues éste era su heredero necesario si aquel moría antes de salir de tal estado; 2) podía ser cedido in noxa, reemancipado, y aun cedido in iure, por quien le tenía in mancipio; 3) a la muerte de éste pasaba a poder de sus herederos; 4) se le reintegraba en su capacidad por los modos de manumisión: vindicta (liberación) censo y testamento; 5) disuelto el vínculo del mancipium, quedaba subsistente una relación parecida a la del patronato.

Las...

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