Tratamiento de los desechos sólidos en el ordenamiento jurídico cubano

AuthorOrlando William Naranjo Saavedra - Ricardo Silva Zaldívar
Introducción

En los últimos años con el desarrollo de la sociedad, los avances tecnológicos, el incremento de la productividad, el crecimiento de la población y su concentración en núcleos urbanos, las presiones de la actividad humana sobre el medio ambiente, aumentaron vertiginosamente.

Las naciones del mundo industrializado han cuadriplicado su producción de desechos domésticos, incrementándose esta cifra en un dos o en un tres por ciento por año. El volumen de producción de desechos es inversamente proporcional al nivel de desarrollo del país que se trate. Diariamente consumimos y tiramos a la basura gran cantidad de productos de corta duración, desde los pañales del bebé hasta el periódico.

Los desechos son desperdicios o sobrantes de las actividades humanas. Se clasifican en gases, líquidos y sólidos; y por su origen, en orgánicos e inorgánicos.

En materia de residuos sólidos, la sociedad enfrenta un problema común, cuyas soluciones no dependen únicamente de los gobiernos, la industria o la población, sino de un esfuerzo conjunto con responsabilidades compartidas, en el que la participación de cada uno de los actores como: los municipios, los barrios y sociedad en general, son indispensables para el manejo integral de los residuos sólidos, considerando todos sus componentes y técnicas disponibles para su tratamiento. Las acciones emprendidas involucran la participación de niños, jóvenes, adultos, productores, investigadores, poblaciones rurales, urbanas y autoridades gubernamentales, por mencionar algunas.

Debido a la importancia que tiene este tema, pues aunque nuestro país no enfrenta los problemas de los grandes países industrializados con el manejo de sus desechos sólidos, si debemos estar al tanto de ellos, pues formamos parte de la Comunidad Internacional, es por tal razón que es necesario abordar el tratamiento que en el orden legal reciben los desechos sólidos en Cuba, así como también la manera en que esta política es implementada en la región holguinera.

De ahí que resulte útil elaborar un material-teórico que pueda servir como fuente de estudio o consulta para cualquier persona interesada en este tema. El poder apreciar los antecedentes legislativos en cuanto a la regulación de los desechos sólidos permite exponer conceptos y clasificaciones relacionadas con este tópico. Las consideraciones aportadas en relación cumplimiento actual de estas políticas en la localidad holguinera, con el fin de evitar la contaminación o mitigar los daños, proporciona una acertada visión del estado actual del fenómeno en cuestión.

Antecedentes legislativos

Las acciones realizadas en Cuba en función de alcanzar el verdadero desarrollo sostenible1, tiene sus orígenes en el año 1959 con el triunfo de La Revolución. Los cambios que ocurrieron a partir de ese momento, transformaron completamente el panorama económico y social, con impactos en el bienestar de todos los cubanos. Es así que se llevaron a cabo una serie de programas en diversas esferas, donde el medio ambiente tuvo su espacio y es el momento en que verdaderamente se comienza a tomar en serio la problemática ambiental, la que en épocas anteriores se vio seriamente afectada, primero por la falta de conciencia de los colonizadores españoles quienes cegados por la ambición destruyeron gran parte de nuestras riquezas naturales, luego por el gobierno interventor norteamericano y por último por la falta de voluntad política de los gobiernos neocoloniales.

La preocupación y ocupación del Estado cubano en cuanto a la protección de los recursos naturales se consagró en el artículo 27 de la Constitución de la República de Cuba, con fecha 24 de febrero de 19762. Mandato que es complementado por la Ley 81/1997, “Ley de Medio Ambiente” que brinda los principios y normas sustantivas generales, y por disposiciones complementarias de diferentes rangos jurídicos que contienen las normas sustantivas específicas y las normas adjetivas para cada una de las esferas de protección. Esta Ley 81 tuvo sus antecedentes en la Ley No. 33, de 10 de enero de 1981, relacionada con la protección del Medio Ambiente y del uso racional de los recursos naturales.

En relación a los desechos estos han tenido un tratamiento diferenciado en la legislación, pues se han considerado como desechos sólidos y como desechos peligrosos y radiactivos.

Los desechos sólidos conocidos comúnmente como basura, no son tratados de forma explícita en Ley No. 81, aun cuando en uno de sus artículos se recogen algunas prohibiciones al respecto. Su regulación ha sido dispuesta por el Decreto Ley No.54 del Ministerio de Salud Pública relativo a Disposiciones sanitarias básicas que vio la luz el 23 de abril de 1982, en la que este propio Ministerio es el cargado de velar por su cumplimiento.

Estas normas estuvieron más bien encaminadas a orientar las actividades de control higiénico-sanitario y epidemiológico del país, abordando en alguno de sus articulados lo referente a desechos sólidos y aspectos tan importantes como lo son las regulaciones relativas a los cementerios, disposiciones de cadáveres, restos humanos y el proceso de cremación. Siendo justo señalar que aunque la referida Disposición no es específica en cuanto a la esfera de protección ambiental que nos preocupa, esta marcó un hito en cuanto a su custodia legal, siguiéndoles otras regulaciones de igual importancia que en su totalidad rigen el tratamiento de los desechos sólidos.

Los residuos sólidos desde el ámbito general

Los desechos sólidos se definen como aquellas sustancias o materiales generados por una actividad productiva o de consumo, de los que hay que desprenderse por no ser de utilidad para la entidad que los generó o lo que es igual son fracción de los materiales de desechos que se producen tras la fabricación, transformación o utilización de bienes de consumo, que no se presentan en estado líquido o gaseoso.

El origen de estos residuos se puede deber a las actividades agrarias, pero la mayor parte de ellos es generada en las ciudades. Estas producen los residuos sólidos urbanos, que proceden de las actividades domésticas de los domicilios particulares, de los edificios públicos como los colegios, de la demolición y reparación de edificios, entre otras. Algunos de los residuos sólidos que producen las industrias son similares a los urbanos, pero otros son más peligrosos, puesto que pueden contener sustancias inflamables, radiactivas o tóxicas.

En cualquier caso la producción de cantidades enormes de residuos sólidos plantea el problema de su eliminación. Son materiales que no tienen valor económico, o su aprovechamiento es muy caro, y por ello se acumulan en vertederos. En estos lugares aparecen olores desagradables, se producen plagas de roedores o insectos o se contamina el agua del subsuelo, entre otros problemas. Una posible alternativa es la incineración, que permite obtener energía de su combustión, pero es necesario un control muy estricto de las sustancias que pueden originarse durante el proceso, porque algunas pueden ser muy tóxicas y perjudiciales para la salud.

Según las fuentes generadoras se clasifican como: Urbanos (basura residencial, de actividades comerciales, oficinas y servicios, escombros y materiales de demoliciones, y de origen industrial), Industriales, Mineros y de cantería, Forestales, Agrícolas, Pecuarios, Radiactivos y Médicos.

Teniendo en cuenta las características o propiedades de los materiales, estos pueden ser:

  • Inertes: incapaces de reaccionar con otros materiales o residuos, entre ellos el vidrio, plástico, cerámicas y residuos de demoliciones.
  • Fermentables: biodegradables que constituyen fuentes de nutrientes y capaces de generar gases, entre ellos los residuos alimenticios y de jardinería.
  • Combustibles: textiles, papel, cartón, madera, cuero y hule.
  • Tóxicos: ocasionan afectaciones a los seres humanos y organismos vivos que se expongan a ellos.
  • Infecciosos: capaces de ocasionar enfermedades contagiosas por tener organismos patógenos o gérmenes en su composición. Entre ellos se encuentran los cultivos de laboratorio, los residuos patológicos humanos, las agujas hipodérmicas y jeringas usadas, así como los animales muertos contaminados.
  • Inflamables: fácilmente combustibles durante el transporte o que pueden causar un incendio o contribuir al mismo debido a la fricción.
  • Radiactivos: los que presentan radioactividad, entre ellos se encuentran los residuos transuránicos de la producción de armamento nuclear: fragmentos metálicos, vidrios, equipos para el procesamiento, polvos, filtros; residuos de la investigación; colas de del procesamiento de los minerales de uranio; detectores de humo; objetos contaminados como trajes protectores y vidrios; y también lodos.
  • Tratamiento legal de los desechos sólidos

    Como se explicó anteriormente los desechos sólidos, conocidos comúnmente como basura, no son tratados en Ley 81/1997, aunque en el artículo 47 prohíbe la descarga de sustancias o desechos que afecten o puedan afectar a la salud humana o dañar la calidad de vida de la población. Su recolección ha sido dispuesta por el Decreto Ley 54/1982 “Disposiciones sanitarias básicas” que los clasifica en:

    1. Desechos putrescibles, los cuales deben ser envasados en...

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