El euro en el sistema monetario internacional

AuthorAndreu Olesti Rayo
Pages1118-1119

LÛpez Escudero, M., El euro en el sistema monetario internacional, Tecnos, Madrid, 2004, 185 pp., m·s bibliografÌa.

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La introducción del euro, y la consiguiente limitación de la soberanía de los Estados miembros de la Unión Europea participantes en la Unión Económica y Monetaria transfiriendo el ejercicio de sus competencias monetarias a un órgano de la Comunidad Europea, ha supuesto, además de una profundización en la integración económica, una transformación trascendental en el ámbito del derecho monetario internacional. Se ha creado la segunda moneda en importancia del sistema monetario internacional, detrás del dólar estadounidense. Ahora bien, esta relevancia del euro no se acompaña por una proyección exterior, en las instancias de decisión internacionales, equivalente a la trascendencia de la divisa. La monografía del profesor López Escudero ahonda en este dilema examinando las dificultades jurídicas que impiden la adecuada proyección exterior del euro y proponiendo alternativas. Para ello, y teniendo siempre presente la existencia de problemas políticos y económicos que justifican la ausencia de una regulación jurídica apropiada, la investigación se estructura en dos partes: la dimensión intracomunitaria de las relaciones exteriores de la unión económica y monetaria, y la incardinación de la Comunidad Europea en el sistema monetario internacional.

En la primera parte se analiza el complejo deslinde competencial de las relaciones exteriores de la Unión Económica y Monetaria entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y entre las instituciones comunitarias y el Banco Central Europeo. A partir de esta delimitación, se realiza un estudio exhaustivo de los actos que pueden ser adoptados en ejercicio de estas competencias monetarias: celebración de tratados internacionales, operaciones de divisas en los mercados internacionales de capitales y la participación y representación en organizaciones y foros monetarios internacionales.

En este sentido, el autor destaca dos aspectos que limitan, o pueden dificultar, el desarrollo de la proyección exterior. En primer lugar, la asimetría competencial interna entre los dos polos de la UEM, dado que bajo el término de unión económica se prevé una coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros, lo que supone que la proyección exterior no pueda someterse a la competencia exclusiva comunitaria, y que exista, por tanto, una competencia compartida entre la CE y sus...

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