El Derecho a decidir sobre los Derechos

AuthorMaría Eugenia Rodríguez Palop
ProfessionUniversidad Carlos III de Madrid
Pages283-290

Page 283

No parece que pueda negarse que el mundo es y ha sido siempre multicultural y que las diferentes visiones y versiones culturales han colisionado, en mayor o menor medida, a lo largo de la historia. La cuestión multicultural no acaba de cerrarse y ha adquirido con el tiempo una forma tan virulenta que se ha convertido en una auténtica preocupación para muchos. Sin embargo, tengo la impresión de que el problema que nos aqueja no es únicamente la violencia con la que tal asunto se presenta sino el hecho de que ahora lo hace en un escenario que considerábamos exclusivamente nuestro.

El conflicto multicultural no consiste en una simple diferencia acerca de cuestiones menores, una diferencia que pudiera darse sobre el trasfondo del acuerdo en lo esencial, sino que se trata de un auténtico conflicto de identidad para cuya resolución, según parece, no conseguimos encontrar la fórmula apropiada. Estoy hablando de lo que Javier de Lucas denomina acertadamente "conflictos de identidades no negociables"1 y que, por lo general, o se resuelvenPage 284 por la vía de la negación (sencillamente, negando que existan) o se abordan recurriendo al clásico expediente del universalismo2.

Sin embargo, los citados conflictos de identidad no pueden acometerse como si se tratase de un simple juego de intereses, de un cabildeo o un regateo político. Los que reclaman el reconocimiento de su identidad pretenden, en realidad, la modificación de un concepto de ciudadanía excesivamente estrecho a fin de ampliarlo y profundizarlo para, de este modo, llevar sus rasgos identitarios a las más altas esferas de poder. Tales conflictos son los que plantean aquellos grupos que se conforman por imputación y no por elección; en otras palabras, aquellos a los que se pertenece aunque uno no quiera y que se forman alrededor de exigencias relacionadas con el sexo, la etnia, etc.3. Este pudiera ser el caso de algunos de los colectivos indigenistas o de ciertos movimientos nacionalistas que hoy acosan a los Estados.

La cuestión migratoria se plantea también a partir de este mismo esquema y tiene una relación muy directa con el debate acerca de los derechos de los grupos y el multiculturalismo.

La inmigración suele presentarse como una patología, como un problema grave que el Estado tiene que afrontar. En la mayor parte de las ocasiones, al inmigrante se le relaciona con la criminalidad o se le presenta como un peligro para la identidad propia, definida, casi siempre, en términos políticos4. Aunque no de forma explícita, esta perspectiva suele responder a la adopción previa de un punto de vista culturalista, a partir del cual se establece un límite a la diversidad cultural que se debate entre la segregación del inmigrante y su asimilación. Si el inmigrante acepta el mínimo sustantivo que el país receptor establece (un mínimo que se presenta como neutral pero que tiene connotaciones culturales), se puede proceder a su asimilación; si no lo acepta, no queda más remedio que practicar la segregación, una de cuyas fórmulas es la de calificar como delito algunas de sus prácticas culturales más básicas. Y todo ello suele hacersePage 285 bajo el ropaje de los derechos humanos o, mejor, bajo una concepción concreta de los mismos.

Frente a tal línea de acción, cabe afirmar que la defensa de los derechos humanos no nos sitúa necesariamente en esta controversia sino que, partiendo siempre de una interpretación parcialmente distinta, recomienda transitar por la senda de la integración; una integración que apuesta por la igualdad en la diferencia y que sólo puede ponerse en práctica abriendo las puertas a un diálogo real. Esto supone aceptar que la homogeneidad no es necesariamente un valor y que una sociedad mestiza, fruto de un proceso evolutivo, abierto y dinámico, puede ser portadora de una gran riqueza. Pero, sobre todo, supone que los mínimos que han de asumirse no son sustantivos sino procedimentales. Es decir, que no se trata de renunciar al universalismo sino sólo a su contenido material incontestable y transformarlo, de este modo, en un universalismo procedimental.

Además, y por lo que al diálogo se refiere, el modelo de integración requiere seguramente asumir ciertos presupuestos:

i) Que el diálogo es positivo, porque es el mejor modo de solucionar conflictos;

ii) Que el diálogo es posible, confiar en lo cual es una de sus condiciones de posibilidad;

iii) Que el presupuesto negativo del otro (el presupuesto antropológico negativo), que lo presenta siempre como un agresor, no es más que una hipótesis de trabajo muy rentable para quienes pretenden configurar una sociedad defensiva en la que prime la falta de confianza y el temor (el miedo que alimenta muchos de los guiños del capitalismo). Si hay algo que pueda ser calificado de "natural", cosa que pongo en duda, la colaboración y la...

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