Los crímenes de lesa humanidad: Su calificación en América Latina y algunos comentarios en el caso Colombiano

AuthorAlejandro Valencia Villa
ProfessionAbogado colombiano
Pages119-125
Los crímenes de lesa humanidad: Su calicación
en América Latina y algunos comentarios en el
caso Colombiano
Alejandro Valencia Villa*
I. ELEMENTOS DE LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD
La pertinencia de calicar algunas graves violaciones de derechos humanos
como crímenes de lesa humanidad ha signicado en el contexto latinoamerica-
no un aporte fundamental en la lucha contra la impunidad. Dicha calicación
ha permitido franquear barreras que durante muchos años impidieron la ver-
dad, la justicia y la reparación en la región, como fueron la prescripción que
favorecía la no investigación y juzgamiento de muchas conductas contrarias a
los derechos fundamentales, las amnistías que favorecieron a connotados viola-
dores de derechos humanos o la de imputar responsabilidades a superiores que
impedían incluso juzgar a ex presidentes de la República, por mencionar solo
algunos ejemplos. Hoy por hoy, gracias entre otras al concepto de crímenes de
lesa humanidad, el panorama es otro en América Latina.
Sin embargo, para otorgar dicha calicación, se debe analizar si los hechos
constituyen una comisión múltiple de casos, si fueron dirigidos contra la pobla-
ción civil, si fueron sistemáticos o generalizados y si fueron parte de una política
de Estado o de una organización política. Con base en la jurisprudencia de los
tribunales penales internacionales, en particular de los tribunales penales de la
antigua Yugoslavia1 y de Ruanda2, así como de la denición establecida por el
* Abogado colombiano, consultor en derechos humanos, Derecho Humanitario y justicia
transicional.
1 El artículo 5 del Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia,
señala que: “El Tribunal Internacional está habilitado para juzgar a los presuntos res-
ponsables de los siguientes crímenes cuando éstos han sido cometidos en el curso de un
conicto armado, de carácter internacional o interno, y dirigidos contra cualquier pobla-
ción civil: a) Asesinato; b) Exterminación; c) Reducción a la servidumbre; d) Expulsión;
e) Encarcelamiento; f) Tortura; g) Violaciones; h) Persecuciones por motivos políticos,
raciales o religiosos; i) Otros actos inhumanos”.
2 El artículo 3 del Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda establece que: “El
Tribunal Internacional para Rwanda tendrá competencia para enjuiciar a los presuntos

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