El contrato de franquicia internacional

AuthorAlfonso Ortega Gimenez
I Introducción: ¿por qué el contrato de franquicia internacional?

Dos son los factores que motivan la formalización de un contrato de franquicia internacional: por un lado, la transmisión de know-how, esto es, de un conjunto de conocimientos prácticos no patentados, derivados de la experiencia de un empresario, verificados por éste en la práctica, y relativos a la venta de productos, o a la prestación de servicios a los usuarios finales (p. ej., la presentación de productos para su venta, el proceso de productos en relación con la prestación de servicios, las relaciones con la clientela, la gestión administrativa y financiera, etc.); y, por otro lado, la cooperación comercial, con la idea de establecer una red de distribución con identidad común y mediante inversiones limitadas.

La razón fundamental del éxito del contrato de franquicia internacional es que resulta el vínculo ideal entre los grandes capitales y las pymes, además de ser estrategia de diversificación y marketing extraordinaria, como sistema de comercialización de un producto o servicio, ya que permite por un lado la expansión geográfica y la conquista de mercados desconocidos, ocupar zonas, controlar la distribución de los productos en dichas zonas y por sobre todo valorizar la marca.

II Concepto y elementos del contrato de franquicia internacional

La franquicia es un conjunto de derechos de propiedad industrial o intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, modelos, diseños, derechos de autor, know-how o patentes, que deben explotarse para la venta de productos o prestación de servicios.

El contrato de franquicia internacional es aquel acuerdo en virtud del cual, a cambio de una contraprestación económica directa o indirecta, el franquiciador o franquiciante, cede a otra parte, el franquiciado, el derecho a la explotación de una franquicia, para comercializar determinados productos o servicios.

Los elementos que hacen a la esencia del contrato de franquicia internacional son los siguientes:

Licencia de Marca: hace a la esencia del contrato de franquicia internacional, que el franquiciante sea titular de una marca sobre un producto o servicio, ya que la clientela es atraída por el renombre y prestigio de la misma, y por supuesto que el franquiciado además de utilizar su marca, utilice también sus signos y símbolos distintivos, juntamente con una serie de normas con relación a la forma de actuar del franquiciado, en cuanto a la actividad y administración a desarrollar. Transferencia de un know how: el franquiciante tiene la obligación de poner en práctica al franquiciado con respecto a la conducción, estructura y organización del negocio y por supuesto, este, debe seguir las instrucciones al pie de la letra, logrando una uniformidad en el producto y en la presentación del mismo. Esto puede incluir desde la decoración del local, cuanto el listado de proveedores y entidades financieras. Regalías o Canon: se debe establecer alguna forma de retribución del franquiciado al franquiciante, ya que estamos frente a un contrato oneroso, en contraprestación a los servicios, asistencia, marca, etc. Durante la vigencia del contrato. Territorio: se trata de la delimitación de un ámbito territorial a favor del franquiciado en donde desarrollara el contrato, el mismo puede ser elemento esencial para el éxito de la operación comercial. Asistencia del franquiciante al franquiciado: la misma puede estar condensada en un manual operativo, dependiendo el grado de los términos del acuerdo pudiendo crearse un centro de asistencia y servicio mínimo para los franquiciados que componen la cadena, donde se brinda información de mercado, técnica o simplemente de compras. La no competencia y/o las posibilidades de subfranquiciar: impidiendo por un lado de forma expresa la posibilidad de que el franquiciante realice negocios competitivos y por otro lado prohibiendo o no la posibilidad de subcontratar. Confidencialidad: consiste en la obligación de secreto, ya que, el franquiciado tiene acceso a información confidencial del franquiciante, prolongándose aun por un plazo prudencial posterior a la conclusión del contrato. Plazo de duración del contrato: por lo general las partes tienden a establecer un plazo lo suficientemente largo para recuperar la inversión inicial hecha por el franquiciante. En nuestro derecho y en virtud de la autonomía de la voluntad, las partes pueden rescindir sin causa y en cualquier tiempo. Lo aconsejable en definitiva, es un término de entre dos a cinco años con opción a renovarlo por iguales plazos inclusive en forma automática

III Ventajas e inconvenientes de la franquicia internacional

Son múltiples las ventajas que aporta la franquicia internacional, no sólo para las partes contratantes sino también, en general, para los consumidores:

1) Mejoran normalmente la distribución de productos y/o la prestación de servicios, puesto que dan a los franquiciadores la posibilidad de crear una red de distribución uniforme mediante inversiones limitadas.

2) Favorecen la entrada de nuevos competidores en el mercado, particularmente en las pequeñas y medianas empresas, aumentando así la competencia entre marcas.

3) Permiten que los comerciantes independientes puedan establecer instalaciones más rápidamente, y con más posibilidades de éxito que si tuvieran que hacerlo sin la experiencia y la ayuda del franquiciador, pudiendo así competir de forma más eficaz con grandes empresas de distribución.

4) Reservan a los consumidores y otros usuarios finales una parte equitativa del beneficio resultante, puesto que combinan las ventajas de una red de distribución uniforme, con la existencia de comerciantes personalmente interesados en el funcionamiento eficaz de su empresa.

Ventajas exclusivas para el FRANQUICIADOR

- Disminución de los gastos que comporta toda inversión de capital en el exterior, al apoyarse sobre una red que se autofinancia, orientando sus inversiones a tareas de investigación, para mejorar su propia tecnología.

- Reducción de los riesgos que toda inversión en el exterior lleva consigo, desde políticos a económicos, al no tener que desplazar capitales a otro país, y evita las restricciones a inversiones extranjeras en determinadas actividades comerciales.

- Se consigue con rapidez dotar de renombre internacional a su marca y productos, sin temor a que se altere su calidad y prestigio debido a la uniformidad implícita de la franquicia.

- Adquisición de un constante conocimiento de las necesidades de un mercado, en principio extraño para él, al contar con franquiciados cualificados que conocen mejor que nadie las opciones y gustos del consumidor local.

- Alcanza un número de puntos de venta muy elevado, con una limitada inversión, que estará gestionado por empresarios independientes, que son los primeros interesados en el buen funcionamiento del negocio.

Ventajas exclusivas para el FRANQUICIADO

- El intercambio constante de experiencias con el franquiciador representa un factor de innovación permanente, que le permitirá desde un principio beneficiarse de una marca y unos distintivos que atraerán a la clientela.

- Competir con grandes superficies o con filiales de grandes multinacionales, sin la servidumbre que comporta una joint-venture con participación de un socio local, y difícilmente alcanzable en una posición de mero agente o distribuidor.

- Sentirse seguro y respaldado por la asistencia técnica y comercial inherente a la franquicia, que le será facilitada por el franquiciador durante la vida del contrato, y todo ello sin perder su independencia jurídica y patrimonial.

- Facilita su operatividad como empresario diferenciado.

- Atenúa el riesgo de sus inversiones, por comercializar productos de reconocido éxito.

- Cuenta, en todo momento, con el respaldo de una empresa experimentada -la del franquiciador-, que le proporciona la asistencia necesaria para la buena marcha del negocio.

Ahora bien, la franquicia internacional, también presenta algunos inconvenientes, que no debemos obviar:

La integración en una red de franquicia representará tener que soportar unos costes adicionales que no encontraríamos en caso de apertura de un comercio independiente (derecho de entrada y royalties de funcionamiento y publicidad).

El franquiciado tendrá un margen reducido de creatividad ya que todos los aspectos de la explotación del negocio están predefinidos por el franquiciador y estipulados en los manuales.

Si el negocio consigue superar las previsiones iniciales de rentabilidad establecidas por el franquiciante, es muy posible que el franquiciado comience a cuestionarse la necesidad de pagar los royalties de funcionamiento y termine por no aceptar de buen agrado las visitas periódicas del personal de control del franquiciador. El bajo rendimiento y capacidad de otros puntos de venta de la red pueden afectar gravemente la imagen y reputación de nuestro negocio.

Pueden darse limitaciones para la venta o traspaso del negocio. El franquiciador puede tener derechos de compra y de rescisión del contrato según las condiciones definidas en el mismo.

Existencia de riesgos asociados a la gestión del franquiciador.

Un franquiciador en fase de lanzamiento pondrá más esfuerzos en la captación de nuevos franquiciados que en la prestación de servicios adecuados de asistencia y apoyo. La limitación de recursos financieros puede generar importantes deficiencias en la prestación de estos servicios.

Un franquiciador no ético que con ánimo de...

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