Derechos de Ciudadanía y Estratificación Cívica en Sociedades de Inmigración

AuthorAna María López Sala
ProfessionUniversidad de La Laguna
Pages129-151

    El presente trabajo se ha realizado en el marco de la Red Europea de Investigación y Formación Applied Global Justice (HPRN-CT-2002-00231) financiada por la Comisión Europea.

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Desde la década de los ochenta hemos asistido en Europa a una diversificación de los flujos migratorios de entrada. Los Estados nacionales, que pese a la creciente harmonización europea permanecen como los agentes fundamentales de la construcción de la política de inmigración, han tratado de responder ante estos flujos a través de la regulación normativa, la creación institucional y el desvío de recursos.

En los países de mayor tradición receptora las migraciones laborales se han acompañado de la llegada de solicitantes de asilo y de familiares de extranjeros establecidos. También se han acentuado los flujos de mujeres y de profesionales y técnicos. El férreo control fronterizo e interno ha avivado las entradas clandestinas e intensificado la irregularidad sobrevenida. Las políticas de reclutamiento activo del pasado han sido reemplazadas por las medidas de control y el incremento de las acciones dirigidas a la integración y la inclusión cívica de los extranjeros residentes.

El panorama del continente europeo como sistema migratorio en las últimas décadas del siglo XX ha cambiado también enormemente como consecuencia de la transición migratoria del sur. Italia, Gre-Page 130cia, Portugal y España se incorporan recientemente a este polo receptor tras décadas nutriendo la emigración americana y europea. Su tránsito migratorio se ha producido en el contexto de la incipiente, pero decidida, construcción de una política común. Su condición de frontera sur de Europa, la baja regulación de sus mercados de trabajo, la incorporación masiva de las mujeres jóvenes al mercado laboral y una política de inmigración inexperta han marcado durante tres décadas el paisaje de las migraciones en esta parte del continente. El énfasis en el control, las necesidades de mano de obra en la economía informal y la debilidad de sus Estados del bienestar han condicionado la elaboración de las políticas de integración y, sobre todo, han engordado los índices de irregularidad y la discrecionalidad en la concesión de derechos.

Las políticas construyen categorías de extranjeros. Por ello el resultado de todos estos procesos y de la progresiva complejidad de las políticas migratorias y de extranjería ha sido una multiplicación de los "estatus" de los inmigrantes en los países receptores. Esta diversidad debe ser tomada en consideración a la hora de realizar un análisis de los dilemas y de los desajustes que plantea la inmigración en la atribución y disfrute de derechos ciudadanos, así como en el significado y la regulación de la ciudadanía como mecanismo de pertenencia a un Estado. Cualquier diagnóstico debe huir, por tanto, de la visión de los inmigrantes como un colectivo monolítico y unívoco en cuanto sujetos de derechos.

Diversos factores han alimentado la entrada de "los derechos" en la palestra política de los países occidentales. Entre ellos cabe destacar la consolidación en la segunda mitad del siglo XX de los instrumentos de los derechos humanos, el marco supranacional de la legislación europea, la progresiva atribución por parte de los Estados de instalación de derechos a los inmigrantes establecidos y la aparición de reclamaciones identitarias que amplían el entendimiento ortodoxo de la ciudadanía democrática, a través, entre otros, de derechos colectivos, de especial representación o derechos religiosos. El resultado ha sido el desarrollo de un rico debate en la sociología de las migraciones en torno a los dilemas y efectos que la inmigración y la presencia de minorías étnicas suscita en los derechos de corte liberal. Este debate, en la era de la inmigración (CASTLES y MILLER, 1992) y de los derechos (BOBBIO, 1996), tiene, comoPage 131 veremos, ramificaciones de gran calado en la teoría social sobre la ciudadanía1.

El propósito de este trabajo es realizar un somero análisis del estatus anómalo y de la membrecía parcial de los inmigrantes en las sociedades de acogida a partir de las formas que adopta la atribución de derechos desde la esfera estatal e internacional. La variedad de los estatutos legales y de rangos que se derivan de esta asignación y que segmentan internamente al colectivo deviene en una estratificación cívica de los inmigrantes y, por extensión, en un cuestionamiento del entendimiento "clásico" de la ciudadanía. En el caso español esta estratificación es el resultado de una política migratoria centrada en el control fronterizo, que sólo recientemente ha adoptado el objetivo de la integración.

1. La pertenencia parcial y múltiple de los inmigrantes: ¿hacia un tipo de ciudadanía posmarshalliana?

Los análisis sobre los flujos internacionales de población tendían a explicar las migraciones a partir de criterios económicos y geográficos, obviando el papel que la acción del Estado -en especial los procesos de construcción (y destrucción) nacional y de expansión territorial- tiene en los movimientos de personas. Sin embargo, el monopolio por parte del Estado de los "medios legítimos de movimiento" (vid. TORPEY, 2000) y, en especial, los cambios que la movilidad territorial genera en la condición jurídica de los desplazados ha generado recientemente un cambio de enfoque a la hora de abordar las migraciones internacionales (Vid. LÓPEZ SALA, 2002a).

Las migraciones internacionales son procesos intrínsecamente políticos. Esta condición emerge de la organización del mundo enPage 132 Estados nacionales soberanos mutuamente excluyentes. Los procesos migratorios implican, por definición, la transferencia de una persona de la jurisdicción de un Estado a la de otro y, en muchos casos, un cambio definitivo o transitorio en la pertenencia a una comunidad social y política nacional. Las políticas migratorias, por tanto, no sólo incluyen la regulación de las entradas y las salidas, es decir, el movimiento a través de las fronteras estatales, sino también las reglas que gobiernan la adquisición, el mantenimiento y la pérdida o renuncia voluntaria de la pertenencia en la esfera política, social económica y cultural (vid. ZOLBERG, 1999).

Sin embargo, el establecimiento en un nuevo país y, por tanto, el sometimiento normativo a la condición de extranjero se disfruta simultáneamente a la condición de nacional del país de origen. Tradicionalmente la teoría política y social ha trabajado con un modelo de sociedades cerradas, enfoques territoriales limitados al Estado y lealtades exclusivas de los ciudadanos. El estatus político de los extranjeros en las sociedades receptoras, particularmente las europeas, se opone a este entendimiento no sólo por su inclusión en la esfera de los derechos ciudadanos, tradicionalmente otorgados en exclusiva a los miembros del demos, sino por los derechos efectivos de los que son titulares como sujetos de la jurisprudencia internacional. La combinación de estatus y afiliaciones internas y externas sugiere, en definitiva, formas de pertenencia superpuestas o solapadas en comunidades políticas abiertas2.

En conclusión, los movimientos migratorios parecen haber minado los modelos de diferenciación basados en la pertenencia a un Estado. Cuando se manifiesta este tipo de territorialidad excluyente, y limitada, como han puesto de manifiesto recientemente los análisis sobre el nacionalismo metodológico, frente a la movilidad de la población y de los derechos, se pone en evidencia la tensión entre varias esferas tradicionalmente imbricadas -territorio, derechos, identidad cultural- y el desacoplamiento entre la ciudadanía formal y la sustantiva.

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La ortodoxia liberal de posguerra, codificada en el trabajo de T. H. Marshall, concibió la ciudadanía como un proceso interno3 e histórico de inclusión, de obtención progresiva de derechos, concedidos equitativamente a sectores cada vez más amplios de la población, al margen de sus características individuales4 (KYMLICKA y NORMAN, 1994 y 2001; COLOM, 1998). El análisis marshalliano concibió la ciudadanía desde dentro, es decir, en referencia a los derechos y obligaciones que comportan el estatus, obviando la cuestión de los derechos de los no-ciudadanos y la real o potencial diversidad cultural existente en el seno del Estado.

Sin embargo, la inmigración es un fenómeno social que pone en evidencia que el universalismo ciudadano marshalliano no es hoy plausible. Los flujos migratorios revelan una nueva generación de modelos de ciudadanía posmarshalliana, una ciudadanía polivalente, que incorpora tanto nuevas formas de pertenencia como estatus legales e identitarios excluyentes, a la par que formas más inclusionistas en cuanto a los derechos y prácticas más exclusionistas de identidad (JOPPKE, 1999b; SOYSAL, 2000). Como ha mantenido Joppke en un artículo reciente, la ciudadanía sufre simultáneamente dos procesos contradictorios, pero compatibles: un proceso de "des-etnicización", desde la perspectiva de los países receptores, en donde la tendencia se dirige hacia una progresiva inclusión basada en la residencia y el nacimiento en el territorio más que en la filiación y, desde la acción de los países emisores, un proceso de "re-etnicización"5, en el sentido de la promoción de los vínculos y las afiliaciones con los nacionales y sus descendientes establecidos definitivamente en el extranjero (vid. JOPPKE, 2003). La ciudadanía, en el contexto de los procesos de globalización y de transnacionalismo, fluye, en definitiva, entre la versión marshalliana de los derechos y la posición weberiana de estatus o cierrePage 134 (BRUBAKER, 1992), entre el entendimiento étnico y cívico de la nación y la membrecía nacional, postnacional y...

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