Aspectos juridico-internacionales del suministro por mar de productos petrolíferos a los beligerantes. Determinacion de los objetivos militares en la guerra marítima

AuthorJosé Luis Rodríguez-Villasante y Prieto
ProfessionGeneral Consejero Togado, Director del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja
Pages31-53
CAPÍTULO II.
ASPECTOS JURIDICOINTERNACIONALES
DEL SUMINISTRO POR MAR DE PRODUCTOS
PETROLÍFEROS A LOS BELIGERANTES.
DETERMINACION DE LOS OBJETIVOS MILITARES
EN LA GUERRA MARÍTIMA
José Luis Rodríguez-Villasante y Prieto
General Consejero Togado
Director del Centro de Estudios de
Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja
SUMARIO. 1. INTRODUCCIÓN. 1.1. Pórtico. 1.2. Concepto de la guerra marítima. 1.3. El De-
recho Internacional Humanitario (DIH) aplicable a los conflictos armados en la
mar. 2. FUENTES Y PRINCIPIOS ESPECÍFICOS APLICABLES A LOS CONFLIC-
TOS ARMADOS EN LA MAR. 2.1. Fuentes del DIH. 2.2. Principios específicos. 3.
DELIMITACIÓN ESPACIAL DE LA GUERRA EN LA MAR. 3.1 Utilización de los
espacios marítimos en caso de conflicto armado. La región de guerra. 3.2. Mar terri-
torial y aguas interiores. 3.3. Zona económica exclusiva. 3.4. El paso por los estre-
chos internacionales en los conflictos armados. 3.5. Aguas archipelágicas. 3.6. Alta
mar y la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos. 4. LOS DIFERENTES
ESTATUTOS DE LOS BUQUES. 4.1. Los buques de guerra. 4.2. Los buques auxi-
liares. 4.3. Los buques mercantes. 4.4. La Transformación de los buques mercantes
en buques de guerra. 5. LA DETERMINACIÓN DE LOS OBJETIVOS MILITARES
EN LA GUERRA MARÍTIMA. 5.1. Consideraciones generales. 5.2. Estatuto de los
buques en los conflictos armados. 5.3. La contribución efectiva a la acción militar y
la determinación de los objetivos militares en la guerra marítima.
1. INTRODUCCION
1.1. Pórt ico
Debemos preguntarnos, en primer lugar, si no es un anacronismo referirnos hoy
al Derecho de la Guerra Marítima porque indudablemente las acciones bélicas en la
actualidad difícilmente pueden ser aisladas según el espacio (terrestre, marítimo o
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aéreo) en el que se desarrollan, puesto que se integran por la acción combinada de
todos los medios de combate.
Es decir, que las normas de Derecho Internacional Humanitario o Derecho de los
Conflictos Armados están dotadas de una innegable unidad, de unos principios comu-
nes o si se quiere de una parte general común a todos ellos, sin perjuicio de las especiali-
dades que la guerra terrestre, marítima o aérea aportan a su concreta normativa.
Sin embargo, se puede afirmar que los conflictos armados en la mar están regula-
dos por normas propias o peculiares (necesitadas de una profunda revisión) que esta-
blecen principios y reglas distintas de la normativa general de la acción bélica, hasta el
punto de que los textos de Derecho Internacional Humanitario (art. 49. 3 y 4 del Pro-
tocolo I de 1977, Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949) excluyen de su ámbi-
to de aplicación a las hostilidades que se desarrollan en la mar. Esta situación anómica
(regida por normas obsoletas por su antigüedad) no impide constatar la importancia
actual de la guerra en la mar por la dimensión marítima del aprovisionamiento. La
doctrina destaca el papel fundamental de los buques para el control de la mar o de-
negar la acción marítima enemiga1 y afirma que la guerra naval afecta al ochenta por
ciento de los conflictos armados por la importancia decisiva del transporte por mar.
Como he escrito en otro lugar2, no es extraño que las circunstancias históricas que
hicieron nacer las normas tradicionales de la guerra marítima (bloqueo, derecho de cap-
tura, confiscación de la propiedad privada, limitaciones a la navegación neutral) sigan
vigentes en buena medida en los conflictos armados contemporáneos y el reto de los ju-
ristas se centre en dar soluciones a estos peculiares problemas sin desconocer el progre-
so del Derecho Internacional Humanitario en la protección de las víctimas de la guerra.
1.2. Concepto de la Guerra Marítima
Se utiliza la expresión “guerra marítima” con preferencia de la clásica “guerra na-
val”, por su mayor amplitud para abarcar operaciones en los fondos marinos, actua-
ción de aeronaves o minado de los espacios acuáticos.
A los efectos de la aplicación del Derecho Internacional Humanitario, puede defi-
nirse la guerra marítima como todo conflicto armado que tiene lugar en los espacios
marítimos (aguas del mar), utilizando esencialmente fuerzas o medios navales contra
cualquier clase de objetivo situado en la mar, en el aire o tierra3.
1 ASHLEY ROACH, J., “The Law of Naval Warfare at the turn of two centuries”, en American Journal
of International Law, January 2000, Vol. 94 No 1, p. 64.
2 RODRÍGUEZ VILLASANTE Y PRIETO, J.L., “El Manual de San Remo sobre el Derecho de la Gue-
rra Marítima. Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados en la mar”, en Revista General de
Marina, octubre de 1996, p. 327.
3 ROUSSEAU, Ch., Le Droit des Conflits Armés, Paris, Pedone, 1983, p. 213. Ver también, FERNÁN-
DEZ FLORES Y DE FUNES, J.L., El Derecho de los conflictos armados: de iure belli, el derecho de la guerra,
el derecho internacional humanitario, el derecho humanitario bélico, Ministerio de Defensa, 2002, p. 523.

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