Anuario Español de Derecho Internacional Privado

AuthorLa Redacción
Pages701-702

Page 701

Anuario Español de Derecho Internacional Privado, t. 0, Madrid, Iprolex, 2000.

En el otoño del año 2000 vio la luz el Anuario Español de Derecho Internacional Privado. Esta nueva publicación periódica nace de una urgente necesidad que venía poniéndose de manifiesto desde mucho tiempo atrás. El largo editorial -casi ochenta páginas- del coordinador del Anuario, Prof. Dr. José Carlos Fernández Rozas, además de proporcionar una inestimable y auténtica historia de la investigación española en materia de Derecho internacional privado, revela la acuciante necesidad de contar con un vehículo de expresión propio del quehacer científico de la doctrina española de Derecho internacional privado, tributaria hasta la fecha de la dependencia de publicaciones generales o sectoriales, o del contenido necesariamente reducido de la Revista Española de Derecho Internacional. La falta de una publicación específica de Derecho internacional privado ha venido obstaculizando la difusión y la incidencia real de una doctrina enormemente dinámica y rica en el panorama comparado.

La sección doctrinal del Anuario se configura con un carácter marcadamente abierto, que pretende dar entrada a tratamientos científicos vinculados al Derecho internacional privado lato sensu (Derecho de extranjería, Derecho del comercio internacional, Derecho económico internacional, Derecho penal internacional, etc.), si bien centrados en el sistema español. Buena muestra de este carácter abierto pudiera ser el número cero de esta publicación, que incluye estudios sobre cuestiones tan variadas como ´Derecho europeo de sociedadesª, ´Responsabilidad civil ex delictoª, o ´consentimiento en el Derecho de familiaª. El Anuario dedica asimismo un apartado para dar cabida a las ponencias y comunicaciones de las Jornadas de Profesores de Derecho internacional privado. En el presente número se incluyen las correspondientes a las VII Jornadas celebradas en Burgos en junio de 1998 sobre la cuestión monográfica de la cooperación jurídica internacional en materia civil. El apartado doctrinal se cierra con contribuciones más breves en una sección de ´Prácticaª, cuya finalidad, como su propio nombre indica, no es la misma que la sección de doctrina, donde lo que se promueve es esencialmente el debate científico, sino dar cuenta de forma dinámica y más ágil de los problemas prácticos suscitados por reformas legislativas recientes, la práctica de Tribunales o autoridades, etc., sin detrimento de...

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